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Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador. Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de […]

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.

Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:

  • Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
  • Opción Sellos, Instrumentos Privados
  • Presentación de la DDJJ y Pagos
  • Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o  “Clave Fiscal
  • Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.

Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.

Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.

Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago  para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.

Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.

306 comentarios en “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

  1. Respecto al pago de Ingresos brutos sobre alquileres hay que tener cuidado, ya que la ley 14333 (impositiva año 2012) restringió la cantidad de propiedades en alquiler (residencial) que no estaban alcanzadas por el tributo. Hasta el año pasado (2011) no se pagaba hasta (2), ahora es por una sola y en tanto y en cuanto se sea el propietario del bien, que se destine a casa habitación y los ingresos no superen los $4.500 mensuales o $54.000 anuales.
    Espero haber aclarado un poco el tema.

  2. Hola alguien podria decirme si se puede hacer un contrato de locacion solo de 12 meses y si se paga en arba el sellado del mismo?Es un contrato entre particulares no interviene ninguna inmobiliaria gracias miles

  3. Milton: Tenes que poner el monto por mes del alquiler, automaticamente te calcula el monto imponible. No tiene que ver nada que alla puesto 0 porcentaje de exencion. ESpero que te se ha util

  4. Buen dia! tengo la misma consulta que Angela mi padre es titular de una escritura y yo tengo el usufructo sobre el bien. Queremos realizar un contrato de locación y sellarlo pero me dicen que como el nombre del titular del inmueble no es el mismo que el que va a figurar en el contrato de locación no se puede realizar el sellado.
    Alguien me puede ayudar por favor!!!
    Muchísimas gracias.

  5. Graciela, buenas tardes! Consulta relacionada: tengo un depto. solo en alquiler. Debo inscribirme en monotributo? es en provincia. Tengo entendido que hay que tener mas de 5 propiedades, pero no se donde esta especifiado. Te agradeceria mucho tu ayuda, gracias!

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