Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría Retenciones sobre Sueldos y jubilaciones
Mediante la resolución general 2234 la AFIP publicó las nuevas tablas que deberán tener en cuenta quienes efectuen la retención del impuesto a las ganancias. Esté se aplica a las remuneraciones, incluye sueldos de empleados publicos, jubilaciones y pensiones; honorarios y sueldos y jornales en relación de dependencia. Dicha tablas se aplicara a partir del año 2007, por lo que corresponde en Abril realizar el ajuste retroactivo. Dicha Ley prevee un mínimo que se necesita para vivir.
SE PUEDEN DESCONTAR:
ANUALES CONCEPTO MENSUAL
$ 7.500,00 Ganancia Mínima $ 625,00
$ 28.500,00 Dedución especial $ 2.375,00
Cargas de familia
ANUALES CONCEPTO MENSUAL
$ 6.000,00 CONYUGE $ 500,00
$ 3.000,00 Hijo menor de 24 años $ 250,00
$ 3.000,00 Pariente a cargo $ 250,00
Para poder descontar las cargas de familia c/u no puede tener ingresos superiores a $ 7,500.- anuales.
Además se puede descontar:
Seguro de vida $ 996.23
Gastos por sepelio familiar a cargo $ 996.23
Planes de seguro privado de retiro $ 1.261.16
Gastos médicos honorarios profesionales el 40 % de lo pagado
Cuota Medicina privada ambas que no supere 5% Ganancia Neta.
Intereses de préstamo hipotecario otorgados Bco. Nación ó Provincia hasta $ 20.000.-
De acuerdo a las ganancias netas se reducirá, aplicando sobre importe de las deducciones los siguientes porcentajes de disminución.
GANANCIA NETA DISMINUCION
Más de $ Hasta $ %
$ - $ 48.000,00 0%
$ 48.000,00 $ 65.000,00 10%
$ 65.000,00 $ 91.000,00 30%
$ 91.000,00 $ 130.000,00 50%
$ 130.000,00 $ 195.000,00 70%
$ 195.000,00 $ 221.000,00 90%
$ 221.000,00 en adelante 100%
Escala del Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoria Regimen de Retenciones
Regimen de la Resolución General (AFIP) 1261 art. 90 Anexo Escalas
TRAMOS DE ESCALAS DEL IMPUESTO, IMPORTES ACUMULADOS
GANANCIA NETA PAGARAN
De más de $ A $ SUMA FIJA Más el % Lo que exede a
MES De más de $ a $ SUMA FIJA % Lo que exede a
$ $ 833,33 $ - 9% $ -
$ 833,33 $ 1.666,67 $ 75,00 14% $ 833,33
$ 1.666,67 $ 2.500,00 $ 191,67 19% $ 1.666,67
$ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 350,00 23% $ 2.500,00
$ 5.000,00 $ 7.500,00 $ 925,00 27% $ 5.000,00
$ 7.500,00 $ 10.000,00 $ 1.600,00 31% $ 7.500,00
ENERO $ 10.000,00 en adelante$ 2.375,00 35% $ 10.000,00
$ $ 1.666,67 $ - 9% $ -
$ 1.666,67 $ 3.333,33 $ 150,00 14% $ 1.666,67
$ 3.333,33 $ 5.000,00 $ 383,33 19% $ 3.333,33
$ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 700,00 23% $ 5.000,00
$ 10.000,00 $ 15.000,00 $ 1.850,00 27% $ 10.000,00
$ 15.000,00 $ 20.000,00 $ 3.200,00 31% $ 15.000,00
FEBR. $ 20.000,00 en adelante $ 4.750,00 35% $ 20.000,00
$ $ 2.500,00 $ - 9% $ -
$ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 225,00 14% $ 2.500,00
$ 5.000,00 $ 7.500,00 $ 575,00 19% $ 5.000,00
$ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 1.050,00 23% $ 7.500,00
$ 15.000,00 $ 22.500,00 $ 2.775,00 27% $ 15.000,00
$ 22.500,00 $ 30.000,00 $ 4.800,00 31% $ 22.500,00
MARZO$ 30.000,00 en adelante $ 7.125,00 35% $ 30.000,00
$ $ 3.333,33 $ - 9% $ -
$ 3.333,33 $ 6.666,67 $ 300,00 14% $ 3.333,33
$ 6.666,67 $ 10.000,00 $ 766,67 19% $ 6.666,67
$ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 1.400,00 23% $ 10.000,00
$ 20.000,00 $ 30.000,00 $ 3.700,00 27% $ 20.000,00
$ 30.000,00 $ 40.000,00 $ 6.400,00 31% $ 30.000,00
ABRIL $ 40.000,00 en adelante $ 9.500,00 35% $ 40.000,00
$ $ 4.166,67 $ - 9% $ -
$ 4.166,67 $ 8.333,33 $ 375,00 14% $ 4.166,67
$ 8.333,33 $12.500,00 $ 958,33 19% $ 8.333,33
$ 12.500,00 $ 25.000,00 $ 1.750,00 23% $ 12.500,00
$ 25.000,00 $ 37.500,00 $ 4.625,00 27% $ 25.000,00
$ 37.500,00 $ 50.000,00 $ 8.000,00 31% $ 37.500,00
MAYO $ 50.000,00 en adelante $ 11.875,00 35% $ 50.000,00
$ $ 5.000,00 $ - 9% $ -
$ 5.000,00 $10.000,00 $ 450,00 14% $ 5.000,00
$ 10.000,00 $ 15.000,00 $ 1.150,00 19% $ 10.000,00
$ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 2.100,00 23% $ 15.000,00
$ 30.000,00 $ 45.000,00 $ 5.550,00 27% $ 30.000,00
$ 45.000,00 $ 60.000,00 $ 9.600,00 31% $ 45.000,00
JUNIO $ 60.000,00 en adelante $ 14.250,00 35% $ 60.000,00
$ $ 5.833,33 $ - 9% $ -
$ 5.833,33 $ 11.666,67 $ 525,00 14% $ 5.833,33
$ 11.666,67 $ 17.500,00 $ 1.341,67 19% $ 11.666,67
$ 17.500,00 $ 35.000,00 $ 2.450,00 23% $ 17.500,00
$ 35.000,00 $ 52.500,00 $ 6.475,00 27% $ 35.000,00
$ 52.500,00 $ 70.000,00 $ 11.200,00 31% $ 52.500,00
JULIO $ 70.000,00 en adelante $ 16.625,00 35% $ 70.000,00
$ $ 6.666,67 $ - 9% $ -
$ 6.666,67 $ 13.333,33 $ 600,00 14% $ 6.666,67
$ 13.333,33 $ 20.000,00 $ 1.533,33 19% $ 13.333,33
$ 20.000,00 $ 40.000,00 $ 2.800,00 23% $ 20.000,00
$ 40.000,00 $ 60.000,00 $ 7.400,00 27% $ 40.000,00
$ 60.000,00 $ 80.000,00 $ 12.800,00 31% $ 60.000,00
AGOS. $ 80.000,00 en adelante $ 19.000,00 35% $ 80.000,00
$ $ 7.500,00 $ - 9% $ -
$ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 675,00 14% $ 7.500,00
$ 15.000,00 $ 22.500,00 $ 1.725,00 19% $ 15.000,00
$ 22.500,00 $ 45.000,00 $ 3.150,00 23% $ 22.500,00
$ 45.000,00 $ 67.500,00 $ 8.325,00 27% $ 45.000,00
$ 67.500,00 $ 90.000,00 $ 14.400,00 31% $ 67.500,00
SEPT. $ 90.000,00 en adelante $ 21.375,00 35% $ 90.000,00
$ $ 8.333,33 $ - 9% $ -
$ 8.333,33 $ 16.666,67 $ 750,00 14% $ 8.333,33
$ 16.666,67 $ 25.000,00 $ 1.916,67 19% $ 16.666,67
$ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 3.500,00 23% $ 25.000,00
$ 50.000,00 $ 75.000,00 $ 9.250,00 27% $ 50.000,00
$ 75.000,00 $ 100.000,00 $ 16.000,00 31% $ 75.000,00
OCT. $ 100.000,00 en adelante $ 23.750,00 35% $ 100.000,00
$ $ 9.166,67 $ - 9% $ -
$ 9.166,67 $ 18.333,33 $ 825,00 14% $ 9.166,67
$ 18.333,33 $ 27.500,00 $ 2.108,33 19% $ 18.333,33
$ 27.500,00 $ 55.000,00 $ 3.850,00 23% $ 27.500,00
$ 55.000,00 $ 82.500,00 $ 10.175,00 27% $ 55.000,00
$ 82.500,00 $ 110.000,00 $ 17.600,00 31% $ 82.500,00
NOV. $ 110.000,00 en adelante $ 26.125,00 35% $ 110.000,00
$ $ 10.000,00 $ - 9% $ -
$ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 900,00 14% $ 10.000,00
$ 20.000,00 $ 30.000,00 $ 2.300,00 19% $ 20.000,00
$ 30.000,00 $ 60.000,00 $ 4.200,00 23% $ 30.000,00
$ 60.000,00 $ 90.000,00 $ 11.100,00 27% $ 60.000,00
$ 90.000,00 $120.000,00 $ 19.200,00 31% $ 90.000,00
DIC. $ 120.000,00 en adelante $ 28.500,00 35% $ 120.000,00
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371 respuestas a “Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría Retenciones sobre Sueldos y jubilaciones”
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Febrero 11, 2008 at 8:53 pm
Hola Daniel:
No entiendo lo que preguntas, tenes que usar las tablas.
gracias
Febrero 11, 2008 at 2:26 pm
Hola podrian explicarme como es que se aplican $ 7.500,00 Ganancia Mínima $ 625,00 $ 28.500,00 Dedución especial $ 2.375,00 Gracias.
Febrero 8, 2008 at 9:45 am
Hola Yanina:
Podes explicar que queres decir con papeleria, donde tenes que presentar la papeleria.
gracias
Febrero 7, 2008 at 8:35 pm
Que papeleria se necesita para presentar impuesto a las ganancias y que para ganancia minima presunta.
Desde ya muchas gracias
Aguardo una respuesta a la mayor brevedad.
Febrero 6, 2008 at 4:26 pm
Hola Luis:
El día 29 de enero publique la nueva tabla, titulo Resolución general 2299 nueva tabla.
gracias
Febrero 6, 2008 at 11:52 am
Hola,
Podrian decirme donde consultar los valores actualizados de deduccion especial y escalas para un soltero.
Desde ya muchas gracias
Febrero 6, 2008 at 9:25 am
Hola soy Silvina de nuevo mi pregunta era si por ejemplo cuando de descuentan los 250 por hijo en ese mismo recibo tambien te pueden descuenta el importe de la escala? Gracias.
Febrero 6, 2008 at 7:52 am
Hola Federico:
No entiendo tu pregunta que tiene que ver los descuentos de ganancias con lo que cobras de asignaciones familiares?
Se descuentan sobre lo bruto acumulado y el % que coresponda de acuerdo a la ganancia neta.
gracias
Febrero 6, 2008 at 7:27 am
Hola soy Federico y queria si me pueden aclarar una cosa: los valores que se descuentan por cargas de familia se retienen sobre las asignaciones familiares que uno cobra o sobre el bruto. Muchas gracias
Febrero 5, 2008 at 10:12 pm
Igualmente gracias Graciela.
Saludos, Titi
Febrero 5, 2008 at 12:22 pm
Hola TITI:
El calculo es muy complejo para poder decirte cuanto te tienen que descontar con presición.
muchas gracias
Febrero 5, 2008 at 12:16 pm
Hola Silvina:
Tambien se descuenta a la esposa por conyuge pero tene en cuenta, si en el año no cobra $7500.- lo de la escala no te entiendo la pregunta, en el sitio hay unas tablas mas actualizada que esta.
gracias
Febrero 5, 2008 at 10:37 am
Hola: si el “bruto” anual fue $ 120597,02 tengo esposa e hijo menor, cuotas medico asistencales $ 3888, seguro vida $ 140,40: ¿cual es la suma correcta que deben descontarme por ganancias? tengo relación de dependencia.
Por favor: podrían enviarme la respuesta a mi e.mail?
MUCHÍSIMAS GRACIAS !!
Titi
Febrero 5, 2008 at 9:54 am
Hola soy Silvina queria preguntar lo siguiente; cuando se descuenta por hijo o conyuge tambien se retiene en la misma liquidacion el importe de la escala? y queria saber si se les descuentan tambien a las mujeres conyuge e hijo o solo al hombre. Gracias
Febrero 4, 2008 at 3:12 pm
Hola nbpelin:
Lee la contestación de Martín y decime si entendiste.
gracias
Febrero 4, 2008 at 3:11 pm
hola Martín:
Los calculos son mas complejos y e sdificil de decirte un importe con tan pocos ellementos, cuando ingresas a trabajar te hacen llenar el formulario 572, donde cargas las cargas de familia, si estas cargas de familia tienen ingresos superiores a $7.500.- al año no se tienen en cuenta. Seguro de vida interes hipotecarios etc. y del resultado depende de la ganancia neta son las deduciones y los porcentajes que te van a aplicar para el descuento.
Importe $ 3000.- conyuge $ 667.- hijos por cada uno menor 24 años $ 667.- otras cargas familia $ 250.- sobre eso es que te descuentan.
muchas gracias
Febrero 4, 2008 at 8:50 am
Hola me gustaria si me podrian responder lo siguiente; estoy por entrar a trabajar soy casado y tengo tres hijos y mi pregunta es cuanto debe uno ganar para que le descuenten impuesto a las ganancias y si los 250 por hijo me los descontarian por cada uno o solo 250. Ah y como saber si tambien me van a descontar por couyuge. Muchas gracias
Febrero 4, 2008 at 8:01 am
Por favor a partir de que monto se hacen lod descuentos por ganancia, por favor expliquemelo, no entiendo las tablas aqui publicadas
Enero 31, 2008 at 6:38 pm
Hola Damián:
Si buscas más arriba hay una tabla actualiada con los valores. la diferencia entre soltero y casado es que el casado puede descontar conyuge. Por otra carga de familia el importe sigue 250.- y deducción especial $ 3000.-
muchas gracias
Enero 31, 2008 at 5:05 pm
Hola Amigos yo soy Damian, quisiera saber si me podrian aclarar una cosa sobre el impuesto a las ganancias, mi consulta es cúal es la diferencia entre un soltero y un casado, y si los 250 que se descontaban por pariente a cargo han aumentado ya que lo hicieron los valores de conyuge e hijo; ah y si se mantienen igual los 625 y los 2375. Gracias, muy buena la página.