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Ley Nº 26.476, Promoción y protección del empleo registrado, articulo 16, como declaro a un empleado en «Mi simplificación»

 Según el articulo 16 de la Ley Nº 26.476 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado informamos como se debe proceder a la identificación de una relación laboral o la preexistente con ausencia total de registración en las declaraciones juradas mensuales, para acceder al beneficio de reducción parcial de contribuciones patronales. Y también según los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 26.476 referente a la Regularización de empleo no Registrado Se debe colocar los siguientes códigos de Modalidad de Contratación: Modalidad de contratación a utilizar para presentar Formulario 931 Código Descripción 201 Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 202 Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 203 Puesto […]

 Según el articulo 16 de la Ley Nº 26.476 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado informamos como se debe proceder a la identificación de una relación laboral o la preexistente con ausencia total de registración en las declaraciones juradas mensuales, para acceder al beneficio de reducción parcial de contribuciones patronales.

Y también según los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 26.476 referente a la Regularización de empleo no Registrado

Se debe colocar los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:

Modalidad de contratación a utilizar para presentar Formulario 931
Código Descripción
201 Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476
202 Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147
203 Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013
Hasta un tope de 10 trabajadores en total
211

Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado

212

Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147

213

Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013

Más de 10 trabajadores regularizados sin tope de número
221 Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado
222 Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147
223 Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013

38 comentarios en “Ley Nº 26.476, Promoción y protección del empleo registrado, articulo 16, como declaro a un empleado en «Mi simplificación»”

  1. Tengo que dar un alta al 01-03-09, que codigo uso en mi simplificacion(generalmente lo hacia con el 8 que es contrato a tiempo indeterminado,si uso 201 que es puesto nuevo esta correcto?) para obtener el beneficio de reduccion en las cargas sociales.

  2. Hola, mi consulta es:

    si rectifico la real fecha de ingreso de dos empleados, uno que se le dio el inicio de la relación laboral en 01/2007 y el otro en 05/2008 cuando el inicio real de ambos fue en 01/1998.
    a) debo utilizar el código 211 en mi simplificación?
    b) se deben rectificar las declaraciones juradas anteriores, hasta 01/2007 y presentar originales desde 01/2007 para atrás?
    c) en el caso de rectificar, como sabe el sistema que la diferencia en los importes del 931 no debo abonarlos?
    Desde ya que agradezco su tiempo. Gracias

  3. Hola:

    Tengo trabajadores a 1/2 jornada y tiempo parcial. como los cargo en el suss y que impactos tienen en la rem 4???
    Por ejemplo: si tengo metalurgicos trabajando menos de 200 hs, la diferencia la pongo en contribuciones de la obra social???

    Gracis

  4. Si x ejemplo hoy se realiza una nueva contratación, igualmente habria que usar el código 14 (periodo de prueba) y cuando el mismo finalice, ahi si se implementaría el código 201, no?

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