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Empleados de Comercio: Cobrar el Seguro de Retiro La Estrella – Bajar Formulario de Rescate

Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar. El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual. Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben […]

Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.

El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.

Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben acudir al Sindicato de la zona y pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente  la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.

Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.

De acuerdo a lo investigado por www.econoblog.com.ar sugerimos al Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales, deberán obtener el Formulario de Rescate, al pie de este artículo, y mandarlo por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.

Documentación Requerida

  • Formulario de Rescate
  • Fotocopia del DNI
  • Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
  • Recibo con la liquidación final

Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.

Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente

Agradecemos la Colaboración de Juan Pablo

Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.

616 comentarios en “Empleados de Comercio: Cobrar el Seguro de Retiro La Estrella – Bajar Formulario de Rescate”

  1. Necesito saber si la empresa para la que trabaje estaba haciendo los aportes, como puedo hacer para averiguar eso y que sucursal del seguro tengo mas cerca,vivo en la plata

  2. hola GRACIELA quisiera saber si hay otra empresa de seguros de retiro por q mi jefe aporto hasta el año 1993 segun me informaron cuando hable x t.e con la estrella.Hace mas de 20 años q trabajo en la empresa,nunca me dieron ningun papel donde conste el pago mensual la casa esta por cerrar(todavia no es oficial,pero se comenta…)y quisiera saber si lo tengo q pedir ahora o puedo reclamarlo con la indemnizacion.ESPERO TU RESPUESTA.GRCIAS!!

  3. SIN TELEGRAMA DE DESPIDO

    HOLA, A MI ME DESPIDIERON Y HACE UNOS MESES COBRE LA INDEMNIZACION EN EL JUZGADO YA QUE ESTABA TODO EN MARCHA PARA IR A JUICIO. COBRE EN 4 CUOTAS. PERO NO TENGO TELEGRAMA DE DESPIDO YA QUE ME DESPIDIERON VERBALMENTE Y AHI ES CUANDO YO INTIME CON UNA CARTA DOCUMENTO QUE ME CONCIDERABA DESPEDIDA.. QUE PAPEL NECESITO PRESENTAR? POR OTRO LADO, NO TIENE VENCIMIENTO VERDAD? OSEA, PUEDO IR A COBRAR EN CUALQUIER MOMENTO? HACE COMO 3 AÑOS Y PICO YA NO TRABAJO MAS EN ESE LUGAR.. Y RECIEN AHORA COBRE LA INDEMNIZACION.. AGUARDO COMENTARIOS. GRACIAS

    1. SIN TELE

      Si ha un tiempo y es de un año, que lamentable que tu abogado no te lo explico, anda y consultalo a él. Quizas te sirva el papel del cobro de la sentecia. Luego si queres comentame lo que te dijo?

      Suerte

  4. HOLA ME PODRIAS INFORMAR SI TODO SEGURO DE VIDA PARA POR LA ESTRELLA O PUEDE SER OTRA CAJA DE SEGURO PARA LOS EMPLEADOS DE COMECIO GRACIAS YA QUE FUI A LA ESTRELLA Y DICEN QUE NO TENGO NADA APAORTADO AHI

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