Los vehículos años 1979 a 1986 inclusive a partir del le. día del mes de enero de 2007 dejaron de tributar por la Ley 13.613, pero si poseen deuda anterior a esa fecha deberán cancelar la misma.

VENCIMIENTOS AÑO 2007

1ra. cuota 31/07/2007
2da. cuota 10/09/2007
3ra. cuota 10/12/2007

Sin poseen deuda municipal pueden obtener beneficios de la Ley 13010 art. 13 con un descuento del 50% sobre los intereses deben dirigirse a la Municipalidad y llevar:

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