El siguiente mapa incluye la dependencia de la AFIP que corresponde según su domicilio fiscal, el número que figura en él corresponde al número de agencia y luego esta las direcciones de cada una, los horarios de atención por lo general son de 10 horas hasta las 16 horas.
septiembre 2007
Dependencia de la AFIP en la provincia de Buenos Aires
Liquidación del aguinaldo
El aguinaldo (SAC) es “un salario diferido”, lo que significa que devenga día a día y se abona en dos épocas del año expresamente fijadas en la Ley de Contrato de Trabajo.
Originalmente consistía en un pago voluntario que los empleadores privados efectuaban a sus dependientes con motivo de las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Su denominación de “anual” es histórica y proviene del Decreto Ley Nº 33.302/45 que lo concibió como una remuneración de pago anual, siendo la Ley Nº 17.620/68 la que lo transformó en pago semestral.
Decreto 1224/2007 Doble indemnización
El día 11 de septiembre se publico el decreto Nº 1224/2007 por el cual queda sin efecto la doble indemnización de los despidos sin causa justificada prevista por el art. 16 de la Ley 25.562 y su última prórroga dispuesta por el art. 4 de la Ley 25.972. eliminación del agravamiento indemnizatorio del 50% sobre el rubro indemnización por antigüedad dispuesto por el decreto Nº 1433/05.
Día del Metalúrgico
El día 7 de septiembre se conmemora el día del trabajador metalúrgico, esto surgió en homenaje a Fray Luís Beltrán, impulsor del rol protagónico que debiera tener la riqueza mineral del país para prestar servicios valiosos, en pos de la independencia.
Fray Luís Beltrán nació en la provincia de Mendoza un día 7 de septiembre de 1784, tenia conocimientos de química, matemáticas y mecánica, fue designado por el General San Martín como Jefe del Parque de Artillería del Ejercito de Los Andes.
Ley de Impuesto a las Ganancias
Según el artículo 19 de la Ley del impuesto a las Ganancias establece que “Cuando en un año se sufriera una pérdida, ésta podrá deducirse de las ganancias gravadas que se obtengan en los años inmediatos siguientes. Transcurridos CINCO (5) años después de aquel en que se produjo la pérdida, no podrá hacerse deducción alguna del quebranto que aún reste, en ejercicios sucesivos“.
Se libero la doble indemnización
Hoy el presidente Néstor Krichner firmo un decreto Nº 1224/2004 que libera la doble indemnización, por lo cual no corresponde duplicar la indemnización en el caso de despido sin causa justificada, que se había implantando en la época de la crisis económica en nuestro país.
Si bien según la Ley ya había caído, la parte sindical con Hugo Moyano a la cabeza, se ponían a reconocerlo, así que el presidente firmo un decreto. solo falta la firma del Ministerio de Trabajo.
Mi simplificación empleadores
En el sistema de la AFIP “Mi Simplificación Empleadores”, resulta que cuando queremos dar de baja un contribuyente con Modalidad de contratación 15, 17, 20 o 21 el sistema no lo permite ya que con fecha 03/2004 esas modalidades fueron cambiadas por 38, 39, 40 y 41 respectivamente.
Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
Mediante la Resolución General Nº 2303, las personas físicas y sucesiones indivisas que necesiten una Constancia de Valuación de inmuebles podrán solicitarlo a los prestadores habilitados, inmobiliarias y/o profesionales matriculados cuyas compentecia o incumbencias comprendan la realización de las tasaciones a partir del 1º de noviembre de 2007.
Resolución General Nº 2303
Anticipos Impuesto a las Ganancias 2007
El procedimiento para determinar los anticipos correspondientes al impuesto a las ganancias correspondientes al año 2007, por segunda vez en el año fue modificado, debido a las modificaciones introducidas por las deducciones y mínimo no imponible.
Corresponde realizar un nuevo reajuste de la base de cálculo en atención a las modificaciones introducidas por la Ley Nº 26.287 a los importes de las deducciones correspondientes a la cargas de familia y deducción especial indicada en el art. 23 inc. b) y c) de la Ley del gravamen.
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Recategorización monotributo
Señor monotributista recuerde que el día 7 de septiembre vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre del año 2007.
Consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y l energía eléctrica consumida durante el periodo Septiembre/2006 Agosto/2007, y en algunos casos la superficie que se afecta a la actividad.
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