La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, FACPCE, le pidió por medio de una nota a la Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, que extienda el plazo hasta el 30 de mayo del descuento de intereses de la moratoria de la AFIP.
El régimen de regularización de deudas contempla que los intereses resarcitorios y/o punitorios se condonen de hasta un 30% del capital adeudado, cuando el acogimiento a dicho plan de se realice hasta el segundo mes de vigencia. La Resolución General Nº 2537/2009 fijo esa merma en los intereses en los planes que se presenten hasta el día 30 de abril de 2009.
abril 2009
Moratoria AFIP, se solicita se amplié vencimiento primera presentación
Ingresos Brutos-Modificaciones en las retenciones bancarias mal efectuadas
Daniel Scioli, gobernador de la provincia de Buenos Aires tomo la decisión de depurar el Padrón de ARBA, Ingresos Brutos por las quejas que este ocasiona en los contribuyentes.
Rafael Perelmiter, nuevo director Ejecutivo de ARBA, desde el despido de Santiago Montoya, abordo la adaptación de los mecanismos de recaudación de la provincia de Buenos Aires, poniendo el foco en las excepciones de los contribuyentes inscriptos en ARBA, las cuentas sueldos, jubilados, instituciones sociales sin fines de lucro, importes que provienen de las ventas de propiedades, indemnizaciones de despido, entre otros contribuyentes que están exentos del pago del impuesto. Leer artículo completo »
Padrones electorales, vence plazo
Recordamos que mañana 29 de abril de 2009 vence el plazo para realizar las consultas de los padrones electorales y solicitar cualquier cambio a los mismos.
La Cámara Nacional Electoral puso a disposición la pagina Web para que los electores puedan consultarlos y pedir correcciones de ser necesario. Después dicha Cámara se abocará a confeccionar los listados definitivos para el día 28 de junio cuando se realicen las elecciones nacionales.
Monotributo la suba de las cuotas será menor
La semana pasada se envío al senado un proyecto de Ley para modificar las cuotas de los monotributistas, debido a la gran cantidad de críticas, el Gobierno lo revisó y redacto uno nuevo que en lugar de que las cuotas suban un 100% llegan a un 85,60%.
Igual que el anterior proyecto de Ley podrán ser monotributistas aquellos que facturan hasta $300.000.- al año, pero se cambian algunas franjas de aumentos, mas leve, en la suba de las cuotas, que regirán a partir del 1º de septiembre d e2009.
Negociación salarial 2009 – Empleados de Comercio
La Federación de empleados de comercio y las cámaras mercantiles ya se encuentran en negociaciones para el próximo aumento salarial de 2009 y están a punto de una renovación del convenio de trabajo.
El pedido del sindicato es de $300.- mensuales “No remunerativos” a partir del mes de abril de 2009 y por un periodo de seis meses. Al ser “No Remunerativos” los mismos no llevarían descuentos de jubilación y Ley 19.32, aunque si se les realizarán los aportes y contribuciones correspondientes a la obra social y sindicato. como así tampoco se tendrá en cuenta para el pago del aguinaldo y vacaciones.
Aumentos salarial Empleados de Comercio-Medidas de fuerza
El día viernes 24 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo se reunieron los dirigentes del sindicato representantes de los trabajadores de Empleados de Comercio con el sector empresario, en la cual no se registro ningún avances en las negociaciones, pero se espera que en esta semana haya nuevas novedades en las paritarias.
Debido a la falta de resultados en la segunda reunión realizada, la Federación de Empleados de Comercio y Servicios, Faecys, que lidera Armando Cavalieri, decidió el inicio de medidas de fuerza en protesta por lo que consideraron una contrapropuesta “poco seria” ($150) de los empresarios al pedido del gremio de una suba salarial de $300 mensuales a partir de abril y reapertura de negociaciones en agosto, además de medio punto porcentual por cada año de antigüedad para cada trabajador.
La UOM comienza las paritarias por aumento de salarios 2009
En la sede de la UOM de Villa Lugano se reunirán hoy los 52 secretarios generales de todas las seccionales de la Unión Obrera Metalúrgica, UOM, con el fin de unificar criterios ante el comenzar formalmente de la discusión paritaria con el sector empresario. Antonio Caló, titular del gremio a nivel nacional, encabezara la reunión ya que el día miércoles están citados al Ministerio de Trabajo de la Nación junto con representantes de las cámaras empresariales.
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Jubilación a los 55 años, para trabajadores de la construcción
El Gobierno promulgo una Ley, la cual permite que los obreros de la construcción podrán jubilarse a los 55 años con 25 años de aportes jubilatorios, el gremio recibió la noticia justo el día de ayer que fue el día del trabajador de la construcción.
Los legisladores que votaron esta Ley dicen que es debido a que se trata de un trabajo riesgosa y de envejecimiento prematuro.
En la actualidad los trabajadores hombres se jubilan con 65 años de edad y 30 años de aportes. Solamente se espera ahora que dicha ley sea promulgada, con el fin de evitar posibles presiones empresarias, ya que para hacer esto posible se aumentara la contribución patronal.
Trabajadores en relación de dependencia ¿Presentan Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales?
Los trabajadores que solamente perciben ingresos por su trabajo en relación de dependencia deben presentar declaraciones juradas al Impuesto de las ganancias y bienes Personales en las siguientes circunstancias:
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Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $96.000.- deberán presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales Utilizar el aplicativo unificado de Ganancias y Bienes Personales versión 10.0
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Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $144.000.- deberán presentar la Declaración Jurada informativa de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias a través de los siguientes medios:
Deducciones de Ganancias 2008 – Seguros de retiro; aportes jubilación voluntarios
La Ley Nº 26.425 publicada el 8 de diciembre de 2008 referente a la unificación del sistema integrado de jubilaciones y pensiones en un único régimen previsional estableció que no se puede deducir en el impuesto a las Ganancias los aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados y la imposiciones voluntarias y los depósitos convenidos, con destinos al régimen de capitalización del articulo 81 inciso e)de la Ley del impuesto a las Ganancias, y de la Ley Nº 24.241 en su articulo 113.
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