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Homologación del traslado del Día del Empleado de Comercio

La Secretaría de Trabajo homologó el traslado del Día del Empleado de Comercio del domingo 26 al lunes 27 de septiembre de 2021.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) homologó del acuerdo que traslada el Día del Empleado de Comercio. Éste fue cerrado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) con las cámaras del sector. La medida tiene como finalidad ayudara a que los trabajadores mercantiles disfruten de su día.

Cada 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio. Sin embargo, la fecha suele de trasladada por acuerdo entre los gremialistas y empresarios.

Este año, la celebración se movió del domingo 26 al lunes 27. La medida se oficializó por la Secretaría de Trabajo con la publicación de la Resolución 1210/21.

El acuerdo fue cerrado entre el sindicato con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC); la Confederación de la Mediana Empresa (CAME); y la Unión de Entidades Comerciales Argentina (UDECA).

Esta medida se aplica a todos los empelados comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N°130/75.

Se excluye del traslado al personal que presta servicios en la Provincia de Santa Fe. En dicho territorio se celebrará el miércoles 29 de septiembre.

Los empleadores no pueden compensar la fecha como un franco compensatorio del descanso semanal. Si es una jornada trabajada debe ser liquidada con las horas al doble.

Aumento a empleados de comercio

En septiembre se aplica un 8% de aumento a los sueldos básicos. Esta suba está contemplada en el 42% cerrado en las últimas negociaciones paritarias.

En el acuerdo correspondiente al corriente año, las partes establecieron un incremento en 4 cuotas. Las mismas son del 8% cada una aplicables en mayo, septiembre, enero y febrero. Este ajuste debe ser liquidado en el recibo de haberes como un concepto no remunerativo.

En agosto se decidió agregar una cuota extra del 8%. La misma se abonará en el mes de noviembre.

Además, en agosto se pagó una gratificación extraordinaria no remunerativa de $4000.

3 comentarios en “Homologación del traslado del Día del Empleado de Comercio”

  1. Mentira en agosto nos dieron esos 4000 pesos pero como adelanto de sueldo fuimos esenciales todo el año y nos quieren dar aumentos en cuotas una verguerza.

  2. El trasladado al día 27 no sirve de nada porque los comercios abren igual. Más allá de que se «pague» como feriado tendría que el sindicato ser más duro y que ese día ningún comercio abra.

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