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Adhesión al Monotributo Social

Como ya hemos informado no se encuentra más vigente el Monotributo Eventual desde la modificación por parte de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, del mes de enero de 2010. El organismo recaudador dispuso que podrán adherirse al Régimen Simplificado, RS, en la condición de trabajadores independientes promovidos, o sea al Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, aquellos contribuyentes cuyas actividades se encuentren enunciadas en el Anexo I de la Resolución General Nº 2.746/10. Las personas que deseen adherirse al Monotributo Social, denominado Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, previo a la adhesión deberán informar a la AFIP, los códigos de actividad que correspondan, conforme a los previstos en el «Codificador de […]

Como ya hemos informado no se encuentra más vigente el Monotributo Eventual desde la modificación por parte de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, del mes de enero de 2010. El organismo recaudador dispuso que podrán adherirse al Régimen Simplificado, RS, en la condición de trabajadores independientes promovidos, o sea al Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, aquellos contribuyentes cuyas actividades se encuentren enunciadas en el Anexo I de la Resolución General Nº 2.746/10.

Las personas que deseen adherirse al Monotributo Social, denominado Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, previo a la adhesión deberán informar a la AFIP, los códigos de actividad que correspondan, conforme a los previstos en el «Codificador de Actividades» -Formulario Nº 150-, mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio Web de la AFIP.gob.ar, ingresando al servicio «Sistema Registral», opción «Registro Tributario/Actividades Económicas».

Guía para incorporar el servicio de “Sistema Registral”

  • Ingresar a la página de la AFIP afip.gob.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  • Seleccione la opción «Nueva relación» «Sistema  Registral»
  • Desde la opción «Buscar»
  • Opción AFIP “Servicios Interactivos”
  • Seleccionar por abecedario, el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad.
  • Seleccione la opción «Confirmar».
  • En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  • Presione el botón «Buscar».
  • Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
  • Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
  • Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  • Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.
  • Volver a ingresar a la pagina de la AFIP afip.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal»
  • Ingresar al Servicio «Sistema Registral»

Allí deberán dar la información a la AFIP, de los correspondientes códigos de actividad que correspondan, conforme a los previstos en el «Codificador de Actividades»  mediante transferencia electrónica de datos, una vez que haya ingresado al “Sistema Registral” seguir estos pasos:

  • «Sistema Registral»
  • Hacer clip en la lupa
  • opción «Registro Tributario”
  • “Actividades Económicas».

Recién en este momento esta en condiciones de dar el Alta del Monotributo:

  • Ingresar a la página de la AFIP afip.gob.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Ingresar al servicio «Sistema  Registral»
  • Hacer Clip en la lupa
  • opción “Registro Tributario”
  • Monotributo
  • Adhesión
  • Consignar los datos requeridos, y el sistema le emitirá una constancia de la transacción efectuada o acuse de recibo y la credencial para el pago, formulario F. 152, F.153, F. 157, según corresponda.

Los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la condición de trabajadores independientes promovidos deberán ingresar:

  1. Importe equivalente al 5% del monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior, a cuenta de los aportes previstos en el inciso a) del Artículo 39 del «Anexo» con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA
  2. Deberán utilizar para al pago correspondiente la credencial para el pago formulario F. 157, la que será presentada ante cualquiera de las entidades bancarias habilitadas.
  3. Tendrán tiempo de pagarlo hasta el día 20 del mes posterior.
  4. En los casos que el contribuyente haya optado por el pago a la obra social, para él o su grupo familiar, deberá hacer dicho pago mediante la utilización de la credencial para el pago formulario F. 157.
  5. El pago respectivo deberá efectuarse hasta el día 20 de cada mes, a partir de aquel en que se ejerció la opción.

Fuente AFIP

3 comentarios en “Adhesión al Monotributo Social”

  1. Necesito saber si estoy inscrita, en Monotributo Social, tengo pago Diciembre y ya tengo que pagar Enero y no figuro en las oficinas del Registro Nacional De Efectores… a quien le va mi dinero?? es un» Monotributo Social «necesito tener una Obra Social por lo cual estoy pagando…a gradeceria una respuesta…

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