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Mayores Multas a empresas por tener Empleados en negro

A partir del mes de septiembre con el aumento de las jubilaciones mínimas, también de forma automática se deberán pagar mayores multas aquellas empresas que tengan empleados en “negro” o mal registrados. Esto es así, ya que la normativa vigente indica que los empleadores serán castigados con una multa equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP. A partir del mes entrante y debido a la actualización jubilatoria, el monto de la multa será de $ 4.989.- Desde septiembre serán mayores las multas a las empresas por tener empleados en “negro” o mal registrados. La norma vigente dice puntualmente que: «incumplimiento de la obligación de registrar debidamente […]

A partir del mes de septiembre con el aumento de las jubilaciones mínimas, también de forma automática se deberán pagar mayores multas aquellas empresas que tengan empleados en “negro” o mal registrados. Esto es así, ya que la normativa vigente indica que los empleadores serán castigados con una multa equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP. A partir del mes entrante y debido a la actualización jubilatoria, el monto de la multa será de $ 4.989.-

Desde septiembre serán mayores las multas a las empresas por tener empleados en “negro” o mal registrados.

La norma vigente dice puntualmente que:

«incumplimiento de la obligación de registrar debidamente el alta y/o baja respecto de cada trabajador detectado en infracción». Será castigado con una multa equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP).

Por lo tanto, debido a la actualización jubilatoria, el monto de la multa se eleva a partir del próximo mes a 4.989 pesos.

«falta de registración o ausencia de los registros requeridos respecto de cada trabajador detectado en infracción» genera una multa equivalente a 5 veces el monto de la base imponible mínima prevista» en el mismo sistema.

Nuevo valor a cancelar desde septiembre pasa a ser de $2.494.-..

Declaración «formalmente errónea de los datos identificatorios respecto de cada trabajador detectado en infracción en la declaración jurada determinativa presentada», habilita el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima.

Desde septiembre pasa a $ 1.496.-.

Además, la normativa vigente establece que las sanciones serán configuradas por cada trabajador detectado en infracción y que el monto de las mismas se gradúa en función a un mínimo equivalente a tres veces el valor MOPRE y un máximo equivalente a 75 veces ese valor. Siendo actualmente el valor del modulo previsional, MOPRE, de  $80.-, la graduación de la sanción mencionada se fijará entre un mínimo de $240 y un máximo de $6.000.

La reglamentación también aclara que cuando en el mes calendario:

«no se hayan abonado remuneraciones, cualquiera sea la causa, se tomará el total de las últimas remuneraciones imponibles sujetas a aportes, excluido el sueldo anual complementario y las gratificaciones extraordinarias», pagadas por el empleador con anterioridad a la consumación de la infracción».

1 comentario en “Mayores Multas a empresas por tener Empleados en negro”

  1. Puede ser que el valor del Mopre sea $ 473,32 o esto sólo afecta el cálculo de Multas para los empleadores.

    Esta duda surge de leer de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo la Resolución 1308/2011

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