Jubilado triste frente a la delegación de Anses

Prestación de retiro proporcional en reemplazo de jubilación por moratoria

La Ley de Bases propone crear la nueva prestación de retiro proporcional en reemplazo de jubilación por moratoria de la Anses.

El Congreso iniciará el debate de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos. Entre otras cosas, la iniciativa propone eliminar las jubilaciones por moratoria de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). En su lugar se establecería la nueva Prestación de Retiro Proporcional.

La Ley 27.705 permite que los argentinos accedan a una jubilación por moratoria hasta abril de 2025. No obstante, el Gobierno de Javier Milei propone ponerle fin a dicho régimen.

Asimismo establece la creación de la Prestación de Retiro Proporcional. La misma sería un beneficio se la Anses dirigida a personas de 65 años de edad que no reúnen 30 años de aportes previsionales.

Este beneficio será similar a la Pensión Universal para el Adulto mayor (PUAM). Sin embargo se reconocerán los años de servicio que el ciudadano tenga registrados en el sistema.

Pensión no contributiva para el adulto mayor

La pensión universal para el adulto mayor es una prestación equivalente al 80% de la jubilación mínima. Por ello, el beneficio se actualiza conforme a los aumentos aplicados a los haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Por los cambios decretados por el Presidente Javier Milei, el beneficio se actualizará por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde julio.

Además de un pago mensual, los titulares cobran asignaciones familiares y tienen cobertura médica de PAMI.

Recordemos que para tramitar la PUAM es necesario haber cumplido los 65 años. Esta sería la misma edad mínima requerida para acceder a la nueva prestación de retiro proporcional. Por ello, se extendería la edad para que las mujeres puedan acceder a un acompañamiento previsional para las mujeres.

Beneficio no compatible con el cobro de una pensión derivada

PUAM no es compatible con el cobro de una jubilación, pensión derivada o prestación por desempleo. Por esta razón, que se tiene que optar por uno u otro beneficio.

Asimismo, la prestación no genera derechos hereditarios. Es decir, el cónyuge o conviviente no puede recibir el beneficio con la muerte del titular.

Otra diferencia con la jubilación es que la persona tiene que mantener residencia en la República Argentina durante su cobro.

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