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Cuentas Bancarias Gratis para jubilados y Beneficiarios de Planes Sociales

El Banco Central de la República Argentina, BCRA, mediante la comunicación A 5231, reglamentó las cuentas bancarias gratis para jubilados y otros beneficiar​los de planes sociales, con los mismos beneficios que las cuentas sueldos de los trabajadores en relación de dependencia. A partir de hoy, comienza la nueva «Cuenta sueldo/de la seguridad social», incluirá una tarjeta de débito asociada, pudiendo extraer dinero sin limite de extracción y de cantidad. A  través de esta nueva normativa los jubilados, pensionados, beneficiarios de planes de ayuda social y trabajadores a los que no les es aplicable la ley de Contrato de Trabajo, entre otros destinatarios, tendrán una «Cuenta sueldo/de la seguridad social». El BCRA reglamentó esta norma fijando las características particulares de la […]

El Banco Central de la República Argentina, BCRA, mediante la comunicación A 5231, reglamentó las cuentas bancarias gratis para jubilados y otros beneficiar​los de planes sociales, con los mismos beneficios que las cuentas sueldos de los trabajadores en relación de dependencia. A partir de hoy, comienza la nueva «Cuenta sueldo/de la seguridad social», incluirá una tarjeta de débito asociada, pudiendo extraer dinero sin limite de extracción y de cantidad.

A  través de esta nueva normativa los jubilados, pensionados, beneficiarios de planes de ayuda social y trabajadores a los que no les es aplicable la ley de Contrato de Trabajo, entre otros destinatarios, tendrán una «Cuenta sueldo/de la seguridad social».

El BCRA reglamentó esta norma fijando las características particulares de la nueva «Cuenta sueldo/de la seguridad social».

Los usuarios de las mismas podrán extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes.

Desde la entidad, se apunta a que los bancos no le apliquen ninguna restricción para extraer los fondos de sus cuentas, aún en los casos en que los titulares no sean clientes de la entidad donde esta ubicado el cajero automático y/o corresponda a una tarjeta de débito que opera con otra red de cajeros.

Esta cuenta sueldo/de la seguridad social permitirá que se acrediten las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares.

Además, que este criterio se aplique de la misma manera en los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA, a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social.

De acuerdo a esta normativa las entidades financieras no le podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aún los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país.

Además, se deberá tomar la misma medida para los que cobren los planes de ayuda social que implemento el Gobierno Nacional inclusive la Asignación universal por Hijo, AUH.

Esta disposición esta regida por la Ley N° 26.704 sancionada el 5 de septiembre pasado, promulgada el 5 de octubre y entrará en vigencia a partir de hoy.

La norma establece que las remuneraciones percibidas por los trabajadores a los que no les es aplicable el Régimen de Contrato de Trabajo, podrán pagarse mediante su acreditación en una «Cuenta sueldo» abierta en una entidad financiera a nombre de aquellos, sin límite de extracciones de dinero en efectivo ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su apertura, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario.

Ahora, las mismas condiciones alcanzan al pago de prestaciones de la seguridad social como son los jubilados y/o pensionados, de pensiones no contributivas y de todos los planes o programas de ayuda social que sean implementados por el Gobierno Nacional. La ley, asimismo, invita a las jurisdicciones provinciales a extender su aplicación en el marco de su competencia.

7 comentarios en “Cuentas Bancarias Gratis para jubilados y Beneficiarios de Planes Sociales”

  1. Hola queria saber si el personal doméstico registrado puede a tener una cuenta sueldo? y si tendria algun costo? o se le aplica este beneficio del que se habla arriba?

    1. maria aura

      LAs cuentas sueldos no es que no tienen gastos los paga el empleador. Podes gestionar una cuenta bancaria gratis que saco el gobierno

  2. Hola.
    Quisiera preguntar si estas reglamentacion asi como la ley que mencionas alcanza a las jubilaciones provinciales. De no ser asi, saber por cual se rigen estas normativas. Te pregunto esto porque mi mama es jubilada provincial y cuando se pasa de las extracciones y/o saca de otra casa que no es la sucursal donde tiene asiento la cuenta le cobran la comision. Desde ya muchas gracias. Saludos

  3. graciela muchas< gracias por orientarme ya que no encontre en ninguna parte la respuesta y es para alguien que esta sola y no sabe como manejar estos cambios se siente "atropellada" por las nioticias que no dejaban esto en claro. gracias nuevamente

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