Empleada doméstica con delantal de ARCA

ARCA aumentó la cuota del servicio doméstico a vencer en agosto

La ARCA aumentó el monto de la cuota del servicio doméstico a vencer en agosto de 2025 a la espera de la homologación del acuerdo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un nuevo aumento en la cuota mensual correspondiente al personal del servicio doméstico. El mismo se aplica este mes y su vencimiento será en agosto de 2025. Con su cumplimiento, el empleador abona la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), los aportes previsionales y la obra social.

Nuevos valores para la cuota del servicio doméstico

El pago de la cuota es obligatorio para todos los empleadores del servicio doméstico registrados. Los montos varían en función de la carga horaria semanal del trabajador. En el caso de empleados que presten servicios por menos de 16 horas, el dependiente puede hacer un pago voluntario para acceder a los mismos beneficios que el resto.

Montos de las cuotas

Obligación de registrar al personal

De acuerdo con la Ley 26.844, los empleadores deben registrar a sus trabajadores en el portal de ARCA utilizando Clave Fiscal. Este trámite garantiza el acceso del empleado a la obra social, los aportes previsionales y otros beneficios sociales, como el descuento del 55% en la Tarjeta SUBE para el transporte público.

Además, los empleadores del servicio doméstico pueden deducir el gasto en el Impuesto a las Ganancias.

Es importante subrayar que la registración no afecta el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni de la Tarjeta Alimentar.

Acuerdo paritario del servicio doméstico

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) cerró un nuevo acuerdo paritario conforme a la Resolución 2/2025. Este pacto establece un aumento escalonado del 6,5% en los sueldos básicos del servicio doméstico entre febrero y septiembre de 2025.

El aumento se aplica de la siguiente manera:

  • 3,5% sobre los salarios de enero, retroactivo de febrero a junio (a pagar con el sueldo de julio).
  • 1% adicional en julio, agosto y septiembre, acumulativo en cada caso.

Cabe señalar que el nuevo acuerdo salarial aún no fue homologado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Bono no remunerativo

Además del incremento salarial, se acordó el pago de un bono no remunerativo en julio, agosto y septiembre. Este beneficio también alcanza a trabajadores del servicio doméstico informales y debe figurar en el recibo de sueldo. Su valor depende de las horas trabajadas semanalmente:

  • Más de 16 horas semanales: $10.000 en julio, $9.500 en agosto y septiembre.
  • Entre 12 y 16 horas semanales: $7.000 en julio, $6.000 en agosto y septiembre.
  • Hasta 12 horas semanales: $4.000 en julio, agosto y septiembre.

Esta suma no remunerativa no se computa para antigüedad, zona desfavorable, aportes, ni aguinaldo.

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