Empleada del servicio doméstico

Cntcp homologó nuevas escalas salariales del servicio doméstico

La Cntcp homologó las nuevas escalas salariales del servicio doméstico para los meses de julio, agosto y septiembre de 2025 con aumento.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) oficializó nuevas escalas salariales del servicio doméstico. Las remuneraciones mínimas del sector ya se encuentran vigentes. Sin embargo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aún no actualizó los valores en su sitio web.

Acuerdo salarial de empleados del servicio doméstico

Tras varios meses sin negociaciones paritarias, Cntcp acordó un nuevo aumento a los sueldos básicos de los empleados del servicio doméstico. La medida alcanza a todas las categorías del régimen previsto en la Ley 26.844.

El nuevo incremento fue establecido por la Resolución 1/2025. En este marco, se fijó un aumento total del 6,5% escalonado. Se aplica un 3,5% sobre los salarios vigentes en enero, que se liquida con los haberes de julio, y luego tres incrementos adicionales del 1% acumulativo en los meses de julio, agosto y septiembre de 2025.

Además, se acordó el pago de una suma no remunerativa al servicio doméstico por única vez, según la carga horaria semanal del trabajador:

  • Hasta 12 horas semanales: $4.000 en julio, agosto y septiembre.
  • De 12 a 16 horas semanales: $7.000 en julio, $6.000 en agosto y septiembre.
  • Más de 16 horas semanales: $10.000 en julio, $9.500 en agosto y septiembre.

Este bono debe figurar en el recibo de sueldo, no está sujeto a aportes ni contribuciones y no se incorpora a la base de cálculo del aguinaldo o liquidaciones finales.

Nuevas escalas salariales del servicio doméstico

Las siguientes son las escalas salariales del servicio doméstico homologadas según lo publicado en los anexos de la resolución de la Cntcp:

Julio de 2025

  • Supervisores:
    • Con retiro: $3.575 por hora / $446.049 mensual.
    • Sin retiro: $3.916 por hora / $496.748 mensual.
  • Personal para tareas específicas:
    • Con retiro: $3.385 por hora / $414.821 mensual.
    • Sin retiro: $3.724 por hora / $461.216 mensual.
  • Caseros: $3.197 por hora / $404.326 mensual.
  • Asistencia y cuidado de personas:
    • Con retiro: $3.197 por hora / $404.326 mensual.
    • Sin retiro: $3.575 por hora / $450.488 mensual.
  • Personal para tareas generales del servicio doméstico:
    • Con retiro: $2.992 por hora / $367.161 mensual.
    • Sin retiro: $3.229 por hora / $408.279 mensual.

Agosto de 2025

  • Supervisores:
    • Con retiro: $3.610 por hora / $450.510 mensual.
    • Sin retiro: $3.955 por hora / $501.716 mensual.
  • Personal para tareas específicas:
    • Con retiro: $3.419 por hora / $419.969 mensual.
    • Sin retiro: $3.761 por hora / $465.828 mensual.
  • Caseros: $3.229 por hora / $408.279 mensual.
  • Asistencia y cuidado de personas:
    • Con retiro: $3.229 por hora / $408.279 mensual.
    • Sin retiro: $3.610 por hora / $454.984 mensual.
  • Personal para tareas generales del servicio doméstico:
    • Con retiro: $3.022 por hora / $370.833 mensual.
    • Sin retiro: $3.261 por hora / $412.562 mensual.

Septiembre de 2025

  • Supervisores:
    • Con retiro: $3.646 por hora / $454.922 mensual.
    • Sin retiro: $3.994 por hora / $506.732 mensual.
  • Personal para tareas específicas:
    • Con retiro: $3.452 por hora / $422.648 mensual.
    • Sin retiro: $3.785 por hora / $470.479 mensual.
  • Caseros: $3.261 por hora / $412.362 mensual.
  • Asistencia y cuidado de personas:
    • Con retiro: $3.261 por hora / $412.362 mensual.
    • Sin retiro: $3.646 por hora / $459.534 mensual.
  • Personal para tareas generales:
    • Con retiro: $3.052 por hora / $374.541 mensual.
    • Sin retiro: $3.293 por hora / $416.485 mensual.

Adicionales obligatorios

El servicio doméstico también tiene derecho a dos adicionales:

  • Antigüedad: 1% por cada año trabajado desde septiembre de 2020.
  • Zona desfavorable: 30% extra para quienes trabajen en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el partido de Patagones (Buenos Aires).

Estos conceptos deben figurar claramente en el recibo de sueldo y liquidarse junto con el salario mensual.

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