La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) difundió el cronograma oficial de vencimientos fiscales para el mes de agosto de 2025. El calendario varía conforme al tipo de obligación y al dígito verificar del Código Único de Identificación Laboral (CUIL) del contribuyente.
Conforme al cronograma de ARCA, ayer venció el el plazo para que los monotributistas realicen su recategorización semestral. Por ello, quienes no hayan efectuado este trámite podrían quedar sujetos a fiscalización o ser recategorizados de oficio.
Autónomos
Los trabajadores autónomos deben cumplir con el pago mensual de aportes previsionales según la terminación de su CUIT:
- Martes 5 de agosto de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- Miércoles 6 de agosto de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- Jueves 7 de agosto de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
A diferencia de lo que ocurre con el monotributo, este pago a ARCA no incluye cobertura de obra social. Por esta razón, debe ser contratada de forma independiente si así se desea.
Empleadores
Los empleadores con personal en relación de dependencia deben presentar y abonar la declaración jurada mensual de aportes y contribuciones al SUSS. Para ellos, ARCA estableció el siguiente cronograma:
- Lunes 11 de agosto de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- Martes 12 de agosto de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- Miércoles 13 de agosto de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Trabajadores de casas particulares registrados en ARCA
Los empleadores de personal doméstico deberán cumplir con los siguientes plazos:
- Lunes 11 de agosto de 2025: Pago obligatorio (Formulario 102/RT).
- Lunes 18 de agosto de 2025: Pago voluntario (Formulario 575/RT).
Ambos vencimientos alcanzan a todas las terminaciones de CUIT. Es decir, no se divide el cronograma de ARCA ara ellos.
Recordemos que la Secretaría de Trabajo, Empleo y Educación homologó el acuerdo salarial de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) con la Resolución 1/2025. Con lo cual, los nuevos sueldos básicos del servicio doméstico ya tienen vigencia.
Ganancias y Bienes Personales
ARCA también informó las fechas para el primer anticipo de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2025:
- Miércoles 13 de agosto de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- Jueves 14 de agosto de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- Lunes 18 de agosto de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
IVA y Libro de IVA Digital
Los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado deberán presentar la declaración jurada mensual y el Libro de IVA Digital en las siguientes fechas establecidas por ARCA:
- Lunes 18 de agosto de 2025: CUIT terminados en 0 y 1.
- Martes 19 de agosto de 2025: CUIT terminados en 2 y 3.
- Miércoles 20 de agosto de 2025: CUIT terminados en 4 y 5.
- Jueves 21 de agosto de 2025: CUIT terminados en 6 y 7.
- Viernes 22 de agosto de 2025: CUIT terminados en 8 y 9.
Monotributo
El vencimiento del pago mensual del monotributo correspondiente a agosto será el miércoles 20 para todos los pequeños contribuyentes.
ARCA recordó que la recategorización impacta al mes siguiente de efectuarse. Debido a ello, los que la hicieron en agosto recién deberán abonar el monto de la nueva categoría en septiembre.