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Retenciones Bancarias 2012 de los Ingresos Brutos

La Administración Gubernamental de los Ingresos Públicos, AGIP, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la Resolución Nº 136/2012 modifica el régimen de recaudación de Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias -SIRCREB- con vigencia a partir del día 1ª de marzo de 2012. Estableciéndose un nuevo sistema de alícuotas aplicables en el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias denominado “SIRCREB”, para el universo de contribuyentes locales. La normativa citada sustituye el Artículo 8° de la Resolución Nº 2355/DGR/2007 y sus modificatorias, por el siguiente texto: La recaudación del impuesto deberá practicarse al momento de acreditar el importe correspondiente, en base a las siguientes alícuotas y conforme a la distribución realizada en los Anexos  I  y II que forman […]

La Administración Gubernamental de los Ingresos Públicos, AGIP, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la Resolución Nº 136/2012 modifica el régimen de recaudación de Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias -SIRCREB- con vigencia a partir del día 1ª de marzo de 2012. Estableciéndose un nuevo sistema de alícuotas aplicables en el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias denominado “SIRCREB”, para el universo de contribuyentes locales.

La normativa citada sustituye el Artículo 8° de la Resolución Nº 2355/DGR/2007 y sus modificatorias, por el siguiente texto:

La recaudación del impuesto deberá practicarse al momento de acreditar el importe correspondiente, en base a las siguientes alícuotas y conforme a la distribución realizada en los Anexos  I  y II que forman parte integrante de la presente Resolución.

Estableciendo las nuevas alícuotas debido al tiempo ya transcurrido desde que fueran puestas en vigencia.

Alícuota General (Contribuyentes cuya actividad con mayores ingresos no se encuentre incluida en ninguno de los Anexos I y II).………………………………….2,50 %

Actividad con mayores ingresos comprendida en el Anexo I……………………………2,00%

Actividad con mayores ingresos comprendida en el Anexo II, según se detalla en el mismo.

Contribuyentes cuya actividad con mayores ingresos esté encuadrada en los siguientes rubros:

Producción Primaria e industrias                                                                     0,30 %

Transporte                                                                                                             0,70 %

La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día 1º de marzo de 2012.

Bajar nuevas Alícuotas

2 comentarios en “Retenciones Bancarias 2012 de los Ingresos Brutos”

  1. Quisiera saber:
    Pagamos regimen simplificado de ingresos brutos, sin embargo en la cuenta bancaria nos retienen sircreb(que por supuesto no tenemos con que descontarlo)
    De no corresponder la retencion Cuales pasos tenemos que dar? Gracias

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