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ANSES: ¿ Cómo se realiza una Moratoria para Jubilarme por Internet?

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, actualmente solamente dispone de una manera para justificar años de aportes, y es por la Moratoria Ley Nº 25865 con aplicación de la Ley Nº 24.476, cuyos periodos deberán exclusivamente estar comprendidos dentro del tramo, 1º de enero de 1955 y hasta el día 30 de septiembre de 1993, a partir desde los dieciocho (18) años de edad. La adhesión al plan se realiza a través de la página de la Administración Federal de los ingresos Públicos, AFIP, sistema SICAM. Tanto los trabajadores autónomos como los de relación de dependencia que estén en edad de jubilarse, actualmente 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, y no así en cuanto […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, actualmente solamente dispone de una manera para justificar años de aportes, y es por la Moratoria Ley Nº 25865 con aplicación de la Ley Nº 24.476, cuyos periodos deberán exclusivamente estar comprendidos dentro del tramo, 1º de enero de 1955 y hasta el día 30 de septiembre de 1993, a partir desde los dieciocho (18) años de edad. La adhesión al plan se realiza a través de la página de la Administración Federal de los ingresos Públicos, AFIP, sistema SICAM.

Tanto los trabajadores autónomos como los de relación de dependencia que estén en edad de jubilarse, actualmente 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, y no así en cuanto a los aportes, 30 años de servicios, podrán inscribirse en el régimen de regularización voluntaria, denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, a los efectos de completarlos con los aportes faltantes.

Reiteramos que en todas las prestaciones, los períodos que actualmente esta permitido incluir por la moratoria Ley 25.865 con aplicación de Ley 24.476, deben estar comprendidos dentro del siguiente tramo:

Desde el 01/01/1955 al 30/09/1993 y a partir desde los dieciocho (18) años de edad.

¿Cómo se realiza una Moratoria para Jubilarme por Internet?

El interesado puede hacer la adhesión a la moratoria a través de la página de la AFIP, www.afip.gob.ar, con su Nº de Clave Unificada de Identificación tributaria o Laboral, CUIT o CUIL, con “Clave Fiscal”, mediante el sistema informático denominado SICAM.

Tener en cuenta que, una vez realizado la adhesión al plan de facilidades o moratoria no se podrá modificar posteriormente.

Antes de presentar la documentación en ANSES será requisitos indispensable tener abonadas la primera cuota como así también todos los vencimientos restantes. Ya que una vez iniciado el trámite las cotas restantes serán descontadas por ANSES del haber de la prestación otorgada, salvo aquellas solicitudes que dependiendo de las normativas vienes deberán abonar el total de la deuda en u solo pago, al contado o cancelar la deuda antes de jubilarse.

Con el fin de considerar como Fecha Inicial de Pago la fecha en que se realizó la deuda por SICAM, es importante que la solicitud de la prestación se presente ante ANSES dentro de los 45 días hábiles contados desde la fecha en que realizó la deuda por el sistema siempre y cuando reuniera los restantes requisitos de Ley para acceder a la prestación peticionada.

Si el interesado cumple con todos los requisitos y dispone de toda la documentación que se requiera para la prestación a solicitar, deberá ingresar a la página www.anses.gob.ar, “Trámites en línea” “Destacados” Solicitar un Turno, o comunicarse con la línea gratuita Nº 130 en e horario de 8.00 a 14.00 horas, opción 5.

Es importante junto a la documentación a presentar cuando se acude al turno para iniciar la jubilación, llevar también el acuse de recibo de la presentación de la moratoria en el sistema SICAM, formulario de declaración jurada F. 159 y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

8 comentarios en “ANSES: ¿ Cómo se realiza una Moratoria para Jubilarme por Internet?”

  1. Hola tengo a mi mamá que cumplió 60 el 25/12/2015 ella no tiene aportes pero cobra un pensión mínima por el fallecimiento de mi padre ya hace 18 años queria saber si le da los años tiene turno el 24/05 me refiero si se pude jubilar co n la moratoria y que debe llevar

  2. QUIERO JUBILARME.TENGO 66 AÑO, FIGURO DESDE 1980 COMO INSCRIPTA EN ANSES PERO NO FIGURAN APORTES, DESPUÉS TENGO DESDE EL 86 CON APORTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA COMO HAGO PARA COMPLETAR EL AÑO Y MEDIO QUE ME FALTA? PUEDO ACOGERME A LA MORATORIA Y PAGAR ESOS AÑOS? NO ME PERJUDICA EN EL MONTO A COBRAR EN FUTURO???

  3. fui al anses a empezar los tramites de la kuvilacion de los 60 con la moratoria aca en neuquen y me dijeron que tidavia no la aprovo el congreso yo tengo 61 y no tengo aportes

  4. Graciela, bs dias te consulto:
    Si un empleado que tiene otro empleo presentó a su Empleador (agente de retención) el F 572 consignando el SAC pagado por el otro empleador en agosto/2012 (o sea fuera de término). A los efectos de determinar el importe a retener en 08-2012:
    1) el empleador (Ag. de retención) debe adicionar a los sueldos de AGOSTO (que el abonará el 31-08-12) el SAC 1ºsem. más los sueldos de 07-2012 pagados por el otro empleador (ambos surgen de 2 F 572 presentados en agosto) ?
    2) El Empleador (Ag. Retención) debe proporcionar el SAC pagado por el otro empleador en los meses q restan del período fiscal ? y teniendo en cuenta q presentó el F 572 informando el SAC en 08-2012 sería: SAC/5meses (de agosto a dic/2012) ?
    Muchas GRacias !!

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