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Bancos Deberán Informar los Costos en Internet

El Directorio del Banco Central de la Republica Argentina, BCRA, aprobó un conjunto de normas creadas para fortalecer la protección a los usuarios de los bancos y de las casas de cambio, entre las que se encuentra la obligación de informar todos sus costos en su página Web y en sus sucursales, brindado brindar un servicio al «usuario financiero», de la misma manera comunicar el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo. Por disposición del BCRA las entidades financieras deberán publicar en sus páginas Web los costos, cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y productos que comercialicen. También, deberán tener un servicio […]

El Directorio del Banco Central de la Republica Argentina, BCRA, aprobó un conjunto de normas creadas para fortalecer la protección a los usuarios de los bancos y de las casas de cambio, entre las que se encuentra la obligación de informar todos sus costos en su página Web y en sus sucursales, brindado brindar un servicio al «usuario financiero», de la misma manera comunicar el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo.

Por disposición del BCRA las entidades financieras deberán publicar en sus páginas Web los costos, cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y productos que comercialicen.

También, deberán tener un servicio de atención al usuario de servicios financieros y designar a un funcionario responsable de llevarlo adelante, comunicando el nombre del responsable.

Dispondrán de 20 días hábiles como máximo, para que dicho servicio les de la respuesta o la presentación o reclamo que el usuario realice, además, el trámite se podrá seguir por Internet.

Si el usuario no recibe la respuesta a su reclamo en el tiempo indicado, 20 días hábiles, podrá recurrir al BCRA.

La norma ya aprobada, además, establece que las entidades financieras deben facilitar el acceso y la atención a las personas con movilidad reducida y proveer servicios en los cajeros automáticos para las personas que tienen poca vista.

Cuando las entidades financieras modifiquen los costos de sus productos y servicios,  deben informar al BCRA con una antelación de 90 días.

El Banco Central emitió un comunicado donde advierte que:

«El incumplimiento de las normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones previstas en la ley de entidades financieras».

«la normativa aprobada por el Directorio se adecua a los términos de la nueva Carta Orgánica del BCRA y afianza el protagonismo activo de este organismo en la defensa de los intereses de los usuarios de servicios financieros».

«El año último, tras la aprobación de la nueva Carta Orgánica, el BCRA creó un área especializada en la defensa de los consumidores y usuarios de servicios financieros, que tendrá especial intervención en la aplicación de las normas aprobadas por el Directorio, finalizó el parte de prensa.

1 comentario en “Bancos Deberán Informar los Costos en Internet”

  1. yo creo que es un deber tener una información transparente siempre, me alegra mucho que a nivel de latinoamerica los gobiernos ahora estén encaminados hacia la defensa del consumidor financiero, muy importante eso para generar confianza en el sector

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