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Tabla con las Deducciones de Ganancias desde Marzo 2013

Luego del anuncio del aumento en las deducciones permitidas para liquidar el Impuesto a las Ganancias que se tributa para la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, del 20% que rige a partir de marzo de 2013, se modifican los montos a tener en cuenta, los cuales deberán formalizarse por decreto y publicación en el Boletín Oficial. Desde dicho mes, los trabajadores solteros comenzarán a pagar a partir del sueldo bruto de $8.359,54 y los casados con dos hijos desde $11.562,71. En los próximos día la AFIP oficializará los nuevos montos a deducir en ganancias por los determinados conceptos de la Ley, Cónyuge, hijos, cargas de familia, etc. El Gobierno otorga un aumento en el Mínimo no Imponible de […]

Luego del anuncio del aumento en las deducciones permitidas para liquidar el Impuesto a las Ganancias que se tributa para la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, del 20% que rige a partir de marzo de 2013, se modifican los montos a tener en cuenta, los cuales deberán formalizarse por decreto y publicación en el Boletín Oficial. Desde dicho mes, los trabajadores solteros comenzarán a pagar a partir del sueldo bruto de $8.359,54 y los casados con dos hijos desde $11.562,71.

En los próximos día la AFIP oficializará los nuevos montos a deducir en ganancias por los determinados conceptos de la Ley, Cónyuge, hijos, cargas de familia, etc.

El Gobierno otorga un aumento en el Mínimo no Imponible de Ganancias pero continua sin actualizar la tabla de Escalas denominada de “Machinea”, que Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, dijo en una entrevista periodística que depende del Congreso Nacional.

Deducciones Impuesto a las Ganancias
Concepto Año 2010 Año 2011/12 Marzo 2013
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2,  inciso a) $ 10.800.- $ 12.960.- $ 15.552.-
B) Deducción por Carga de Familia Articulo 23, inciso b)      
1 – Cónyuge $ 12.000.- $ 14.400.- $ 17.280.-
2 – Hijos $ 6.000.- $ 7.200.- $ 8.640.-
3 – Otras Cargas de Familia $ 4.500.- $ 5.400.- $ 6.480.-
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c),  primer párrafo $ 10.800.- $ 12.960.- $ 15.552.-
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) $ 51.400.- $ 62.208.- $ 74.650.-
Deducción Servicio Doméstico y Especial Autónomos $ 10.800.- $ 12.960.- $15.552.-
 
Reforma Tributaria Ley Nº 25.239  30/12/99 – Impuesto a las Ganancias
Ganancia Neta Acumulada    –  Título I  Articulo Nº 1 inciso o
Pagaran Ganancias Importe superior a: Hasta $ $ % Pagaran sobre el Excedente de $
$0 $ 10.000.- $0 9 $0
$ 10.000.- $ 20.000.- $ 900.- 14 $ 10.000.-
$ 20.000.- $ 30.000.- $ 2.300.- 19 $ 20.000.-
$ 30.000.- $ 60.000.- $ 4.200.- 23 $ 30.000.-
$ 60.000.- $ 90.000.- $ 11.100.- 27 $ 60.000.-
$ 90.000.- $ 120.000.- $ 19.200.- 31 $ 90.000.-
$ 120.000.- en adelante $ 28.100.- 35 $ 120.000.-
Fuente AFIP

17 comentarios en “Tabla con las Deducciones de Ganancias desde Marzo 2013”

  1. Una duda que tengo en mi caso la empresa para la cual trabajo me paga el diferencial de mutual para toda la familia y eso lo toman como ingreso para ganancias. Lo cual me parece logico.
    Pero ese dinero que se deposito a la mutual lo puedo descontar como deducción? dentro de lo que es cobertura médica?
    Muchas Gracias por la ayuda!

  2. Soy jubilado,casado, mi mujer jubilada con la minima. Con la movilidad de septiembre mi sueldo sera de 19000.¿cuanto pagare de ganancias?
    Gracias

  3. Soy docente y gano 10.000 mil soy casada y tengo dos hijas a cargo y mi marido no tiene trabajo esta desocupado, también me descuentan el impuesto a las ganancias?

  4. Una pregunta, soy soltera pero con 2 hijos reconocidos por su padre. Desde que monto comienzo a pagar impuesto a las ganancias? Soy docente de la prov. de Bs As.
    Gracias

  5. Graciela.
    Soy casado con tres hijos (21-17-7) hasta que monto de sueldo bruto no pago ganancias?
    No tengo premios, ni otra cosa, solo el sueldo.
    Gracias
    Gerardo

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