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ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. Hola, me dijeron que no puedo dar el alta del prenatal y por un seguro de desempleo del 2014, segun recuerdo fue la ultima cuota la que no fui a cobrar o cobre la ultima cuota y justo consegui trabajo. Es posible que me multen?

  2. Es una vergueza estas leyes Argentinas!!!. Me cortaron el fondo de desempleo x haber trabajado «solo 1 día», por $440 miserables. Sacandome $5.735 de mi cobro gracias a los aportes recibidos c casi 5 años de trabajo. Espero se me sean reintegrados!!!. Quisiera una esplicación…

    1. me paso exactamente lo mismo por trabajar un dia para el correo durante las elecciones…ya fui a hablar personalmente y por telefono y no me lo piensan reintegrar..es mas posiblemente me hagan pagar una multa!!!…En este pais te xxx hasta el estado!

  3. hola buenas noches,,,una vez solucionado el problema con el cobro indebido del fondo de desempleo por no dar de baja,,,se cobra retroativo de las asignaciones familiares?

  4. Hola buenos dias una consulta mi marido desde el mes de septiembre quedo sin trabajo y comenzo a cobrar el fondo de desempleo. la semana pasado comenzo a trabajar en una fabrica, el pidio permiso para poder ir a dar de baja el fondo de desempleo pero recien para el prox lunes le permitieron ir a hacer el tramite tambien tendria que cobrar el ultimo mes que le depositaban el dia de mañana tendra algun problema con eso?

    1. buenas. yo empeze a trabajar hace una semana. y no tengo a nadie q me pueda a hacer el tramite pr darle la baja. al fondo d desempleo entre a trabajar pr soy mono tributista. y el tramite no se puede a hacer x internet?

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