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AFIP: Tablas de Deducciones en Ganancias Septiembre de 2013

Según lo establecido por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, durante esta semana, por medio de un Decreto y una Resolución General, se modificaron las deducciones del Impuesto a las Ganancias, el Mínimo no Imponible. A partir del 1º de septiembre de 2013 los trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de $15.000.- no sufrirán retención del tributo, mientras que pagarán menos los que ganan entre $15.001.- y $25.000.- y los de las zonas Patagónica, quedando afuera del beneficio los que ganan más de $25.001. La AFIP establece que para las deducciones en el Impuesto a las Ganancias, las remuneraciones que se perciban a partir del 1º de septiembre se determinarán en base a la mayor de […]

Según lo establecido por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, durante esta semana, por medio de un Decreto y una Resolución General, se modificaron las deducciones del Impuesto a las Ganancias, el Mínimo no Imponible. A partir del 1º de septiembre de 2013 los trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de $15.000.- no sufrirán retención del tributo, mientras que pagarán menos los que ganan entre $15.001.- y $25.000.- y los de las zonas Patagónica, quedando afuera del beneficio los que ganan más de $25.001.

La AFIP establece que para las deducciones en el Impuesto a las Ganancias, las remuneraciones que se perciban a partir del 1º de septiembre se determinarán en base a la mayor de las remuneraciones o haberes mensuales, devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador. Para el calculo se deberá tener en cuenta las remuneraciones y solamente a este efecto, se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis meses del período al que va de enero a agosto de 2013. El esquema para deducir ganancias queda establecido de la siguiente manera:

  1. Trabajadores que perciben remuneración bruta mensual que no supera los $15.000.-:No será pasible de retención.
  2. Trabajadores cuya remuneración mensual fuese entre $15.001.- y hasta $25.000.- Las Deducciones se incrementan en un 20%.
  3. Trabajadores cuya remuneración mensual bruta superior a los $25.001.- Quedan afuera de las modificaciones.
  4. Trabajadores de la Zona Patagónica, especificados en la  zona Patagónica que hace mención el Artículo 1° de la Ley Nº 23.272 y su modificación, de la región Patagónica establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones: Las Deducciones se incrementan en un 20%.

Las tablas de deducciones en Ganancias quedan establecidas de la siguiente manera:

Deducciones de Ganancias a partir de Septiembre de 2013
Trabajadores con sueldo Bruto Mensual $15.001 a $25.000.-
Conceptos Monto a Deducir por Mes
Mínimo no Imponible     (art.23. inc, a) $  1.555,20
Cargas de Familia
Cónyuge    (art.23. inc, b) $  1.728,00
Hijos    (art.23. inc, b) $     864,00
Otras cargas de Familia     (art.23. inc, b) $     648,00
Deducción Especial 4ta. Categoría   (art. 23, inc. c), (Art. 79, incs. a, b y c) $  7.464,96
Deducciones de Ganancias a partir de Septiembre de 2013
Trabajadores con Sueldo Bruto Mensual $25.001.-
Conceptos Monto a Deducir por Mes
Mínimo no Imponible     (art.23. inc, a) $  1.296,00
Cargas de Familia
Cónyuge    (art.23. inc, b) $  1.440,00
Hijos    (art.23. inc, b) $     720,00
Otras cargas de Familia     (art.23. inc, b) $     540,00
Deducción Especial 4ta. Categoría   (art. 23, inc. c), (Art. 79, incs. a, b y c) $  6.220,80

 

Deducciones de Ganancias a partir de Septiembre de 2013
Trabajadores que desempeñan Tareas en la Región Patagónica
Trabajadores que perciban más de $15.001.- al mes
Conceptos Monto a Deducir por Mes
Mínimo no Imponible     (art.23. inc, a) $  1.684,80
Cónyuge    (art.23. inc, b) $  1.872,00
Hijos    (art.23. inc, b) $    936,00
Otras cargas de Familia     (art.23. inc, b) $     702,00
Deducción Especial 4ta. Categoría   (art. 23, inc. c), (Art. 79, incs. a, b y c) $  8.087,04

3 comentarios en “AFIP: Tablas de Deducciones en Ganancias Septiembre de 2013”

  1. Soy pensionada y estoy cobrando bruto $ 24.463. Tengo dos hijos a cargo. El aguinaldo agregaría este mes 12.231 $, me podría decir cuanto corresponde que me descuenten.
    En diciembre cobraba bruto aproximadamente 21000 más el aguinaldo y me descontaron $ 6.069, siendo que por sueldo solo me descontaban 2.620. Realmente ya no entiendo que porcentaje porque tendría que ser el mismo porcentaje descontando los $ 15.000 del MNI, pero los números no me dan. Le agradecería si me puede informar a la brevedad. Muchas gracias.

  2. Estoy Jubilado. Percibo bruto menos de $ 15,000. Vivo en zona patagónica(Chubut-Comodoro)
    Setbre 2013, bruto $ 13.147,55. Me retuvieron Ganancias $ 975,62. Porque?????. No es que estábamos exentos los que perciben bruto menos de $ 15.000 + 20% por ser patagónico???
    Espero v/respuesta si es posible. muchas GRACIAS

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