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Contribuyentes expulsados del Régimen Monotributo ¿Cómo Regresan?

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, para la segunda recategorización de los Monotributistas estableció nuevos parámetros de facturación y de monto de alquileres devengados, por estar desactualizados. Establece que el nuevo límite para los profesionales y/o locaciones de servicios es de $400.000.- y para el resto de la actividades de $600.000.- Los que se excedan de dichos topes pasarán a pertenecer al Régimen General. Pero excepcionalmente los que por exceder los límites pasaron al general podrán regresar. Al dar el anuncio oficial de la modificación de los parámetros de facturación de $200.000.- a $400.000.- el monto límite anual para prestación de servicios y de $300.000.- a $600.000.- para compraventa de productos, se informó que no serían modificados las valores […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, para la segunda recategorización de los Monotributistas estableció nuevos parámetros de facturación y de monto de alquileres devengados, por estar desactualizados. Establece que el nuevo límite para los profesionales y/o locaciones de servicios es de $400.000.- y para el resto de la actividades de $600.000.- Los que se excedan de dichos topes pasarán a pertenecer al Régimen General. Pero excepcionalmente los que por exceder los límites pasaron al general podrán regresar.

Al dar el anuncio oficial de la modificación de los parámetros de facturación de $200.000.- a $400.000.- el monto límite anual para prestación de servicios y de $300.000.- a $600.000.- para compraventa de productos, se informó que no serían modificados las valores de la cuota mensual. Pero no se dijo nada, sobre que pasaría  con quienes en los últimos meses habían sido excluidos o abandonaron voluntariamente el régimen simplificado.

Los contribuyentes deberán tener en cuenta para la recategorización del este 2do. cuatrimestre del año 2013 el siguiente esquema de parámetros:

 

Nuevos Parámetros MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota Mensual
Facturación Alquiler Superficie Afectada Energía Eléctrica Impuesto Previsional Salud Cuota
B 48.000.- 18.000.- 30 m2 3.300 Kw. 39.- 157.- 100.- 296.-
C 72.000.- 18.000.- 45 m2 5.000 Kw 75.- 157.- 100.- 332.-
D 96.000.- 36.000.- 60 m2 6.700 Kw 128.- 157.- 100.- 385.-
E 144.000.- 36.000.- 85 m2 10.000 Kw 210.- 157.- 100.- 467.-
F 192.000.- 54.000.- 110 m2 13.000 Kw 400.- 157.- 100.- 657.-
G 240.000.- 54.000.- 150 m2 16.500 Kw 550.- 157.- 100.- 807.-
H 288.000.- 72.000.- 200 m2 20.000 Kw 700.- 157.- 100.- 957.-
I 400.000.- 90.000.- 200 m2 20.000 Kw 1600.- 157.- 100.- 1857.-

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Nuevos Parámetros MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota Mensual
Facturación Alquiler Superficie Afectada Energía Eléctrica Impuesto Previsional Salud Cuota
B 48.000.- 18.000.- 30 m2 3.300 Kw. 39.- 157.- 100.- 296.-
C 72.000.- 18.000.- 45 m2 5.000 Kw 75.- 157.- 100.- 332.-
D 96.000.- 36.000.- 60 m2 6.700 Kw 118.- 157.- 100.- 375.-
E 144.000.- 36.000.- 85 m2 10.000 Kw 194- 157.- 100.- 451.-
F 192.000.- 54.000.- 110 m2 13.000 Kw 310.- 157.- 100.- 557.-
G 240.000.- 54.000.- 150 m2 16.500 Kw 405.- 157.- 100.- 662.-
H 288.000.- 72.000.- 200 m2 20.000 Kw 505.- 157.- 100.- 762.-
I 400.000.- 90.000.- 200 m2 20.000 Kw 1.240.- 157.- 100.- 1.497.-
J 470.000.- 90.000.- 200 m2 20.000 Kw 2.200.- 157.- 100.- 2.257.-
K 540.000.- 90.000.- 200 m2 20.000 Kw 2.350.- 157.- 100.- 2.607.-
L 600.000.- 90.000.- 200 m2 20.000 Kw 2.700.- 157.- 100.- 2.957.-

 

Aquellos que por exceder los parámetros de facturación y debieron pasar al Régimen General podrán verificar si con las modificaciones se encuentran en condiciones de regresar al Monotribtuto y no posean deudas con la AFIP como tampoco algún sumario, entonces deberán realizar un trámite por Internet.

No se trata de un pase automático, por que hay que esperar que la AFIP indique la manera en que se realizará el pedido de autorización, que luego de evaluar cada situación en particular, será quién determine si esta en condiciones de regresar al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

Por lo tanto:

  1. Lo primero para quienes fueron excluidos del Monotributo por haberse excedido en la facturación, será la de analizar si por las nuevas escalas esta en condiciones de regresar.
  2. Ver el motivo de la exclusión al régimen y que no existan deudas ni sumarios ni que haya sido excluido por la AFIP por habérsele detectado una compra no justificada.
  3. Si todo eso esta en condiciones deberá realizar un trámite por Internet, solicitando autorización del traspaso, a partir del próximo lunes estará disponible en la página Web.
  4. La AFIP evaluará la situación en particular y recién entonces autorizará al contribuyente a pertenecer nuevamente al Monotributo.

La Ley vigente establece que el contribuyente que pasa del Monotributo al Régimen General debe esperar como mínimo tres (3) años para volver nuevamente a ser pequeño contribuyente, pero según explicaron desde la AFIP en esta ocasión se hará una excepción.

Hasta el momento el día 30 de septiembre próximo como la fecha límite para que los contribuyentes que hayan salido y pasado al régimen general por un exceso de facturación, vuelvan al régimen simplificado.

2 comentarios en “Contribuyentes expulsados del Régimen Monotributo ¿Cómo Regresan?”

  1. consulta, estoy x hacer monotributo para vender un servicio de reparacion, tengo un local pero no voy a atender al publico x lo tanto no lo voy a habilitar, tengo q considerar igual el consumo electrico y los m2 para la categoria?

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