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Certificación de Servicios, vía Internet

El 17 de octubre de 2007, se publico la Resolución General (ANSeS) Nº 642/2007, la que dispone que los empleadores comprendidos en el Sistema Integrados de Jubilaciones y Pensiones, deberán generar la Declaración Jurada «Certificación de Servicios y Remuneraciones» prevista en e4l artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo Ley Nº 20.744 y en el artículo 12 inciso g) de la Ley de Sistema Integrados de Jubilaciones y Pensiones» Ley 24.241. El sistema estará disponible en la página de la ANSeS y de la AFIP, y se deberá contar con la clave fiscal. El sistema generará la certificación de servicios mediante un formulario que se emitirá con todos los datos y bajo las condiciones que disponga la ANSeS, […]

El 17 de octubre de 2007, se publico la Resolución General (ANSeS) Nº 642/2007, la que dispone que los empleadores comprendidos en el Sistema Integrados de Jubilaciones y Pensiones, deberán generar la Declaración Jurada «Certificación de Servicios y Remuneraciones» prevista en e4l artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo Ley Nº 20.744 y en el artículo 12 inciso g) de la Ley de Sistema Integrados de Jubilaciones y Pensiones» Ley 24.241.

El sistema estará disponible en la página de la ANSeS y de la AFIP, y se deberá contar con la clave fiscal.

El sistema generará la certificación de servicios mediante un formulario que se emitirá con todos los datos y bajo las condiciones que disponga la ANSeS, podrá requerir, según los periodos que comprenda la certificación, números de cuenta o de inscripción del empleador ante la ex-caja de dirección nacional de recaudación previsional, o el número del afiliación del trabajador ante la ex-caja de previsión social que le haya correspondido según la actividad desarrollada.

Las certificaciones conformadas por los empleadores por vía electrónica y/o manual serán registradas en el Administrador de Historia Laboral de ANSeS de acuerdo con las reglas definidas en tal administrador, aplicándose las normas en vigencia a los efectos de acreditar la prueba de los servicios prestados para el otorgamiento de los beneficios y prestaciones que correspondan.

La ANSeS tomará como validas todas las certificaciones emitidas con anterioridad a la puesta en vigencia de este sistema.

El sistema entrara en vigencia partir del 1er. día del mes inmediato siguiente a aquel en que se encuentre disponible el operativo en las páginas Web de la ANSeS y de la AFIP. A partir de ese día las certificaciones de servicios deben emitirse exclusivamente a través de este mecanismo.

Los empleadores que hubieren cesado como tales con anterioridad al 1994, y no posean clave fiscal, deberán presentar la solici8tud de aceptación de certificados de servicios en papel ante las oficinas de la ANSeS.

46 comentarios en “Certificación de Servicios, vía Internet”

  1. Si, pedí la sábana y me figuran solo 3 años (aporté mas de 38). tengo casi todos los recibos de sueldo y una constancia de de trabajo del año 1986, donde me reconocen mis actividades (1965 a 1978). La razón de esa escuela era: (ya fallecidos:
    Gracias: Mario.-

    1. Mario Oscar

      Supongo te referis al Certificado de Servicios, vas a necesitar demostrar los años con recibos de sueldo, testigos etc en ANSES si es que los mismos no estan cargados en el sistema. Pediste la sabana de aportes?

  2. Necesito la certificación de servicios como docente en Escuela Industrial Argentina desde 1965 a 1978, aportes depositados en la caja de Comercio, Industria y Actividades Civiles, cuenta 1xxx. Gracias por su atención.

  3. Me dirijo a ust. para saber como puedo obtener mi constancia de CUIT y mis años de aportes jubilatorios. Porque nose como puedo obtenerlos. gracias

  4. hola que alguien me asesore para sacar el certificado de servicios y remuneraciones lo tengo que mandar carta documento a las distintas empresas que e trabajado y quiero el modelo ?gracias

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