El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Hola, de nuevo! con respecto al ac. del 23% por lo que entendi se hace remunerativo en Abril. Es decir con los sueldos del mes de Abril, que se pagan en Mayo. Es correcto?
Besitos :)
Hola: queria saber si tienen la nueva escala salarial que se homologo con el ac. de julio2007. revise la pagina del SEC y todavia figura la del 2006, con un anuncio de «proximamente la escala de julio». Les agradeceria si saben algo!!
Besitos:)
hola: soy de bariloche y cajera de uno de los mas grandes locales que hay aqui, estoy ganando $ 1800 pesos, mientras que los vendedores del local se llevan mas por las comisiones, quiero saber si lo que gano esta bien para mi categoria y si puedo reclamar algo mas.
Graciela: Lo primero que quisiera saber es cuando se va a homologar lo de los $300,00.
Lo segundo es si el gobierno va a mantener la ayuda escoloar en los miserables $130,00 ya que hace um montón de años que está en ese monto.
Y por último me parece barbaro que pidamos una compensación de un 1 o 2% por antiguedad (Pongansén las pilas sindicalistas!!!)
gustavo, el 23% pasa a remunerativo en el sueldo de Marzo que se cobra en abril.