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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Marcelo Sebastian

    Eduardo, lo q decís es correcto (hasta: calculan? Básico dividido 200 * 6 * 1.5?………). En comercio se trabaja de Lunes a Viernes y hasta medio dia del sabado, luego del medio dia serian horas extras al 50 %. Y si t hicieran trabajar un domingo se pagaria al 100% (sueldo/200*2) x cada hora trabajada.

  2. Marcelo Sebastian

    Lorena, los $665 q cobras aparentemente estan bien, pero hay un par de inconsistencias, como por ejemplo. T estan pagando un basico de Administrativo «C»en lugar de «B», y además t pagan antiguedad x separado¡¡, rarisimo, ya q va incluído en el basico, pero bue..si esos son tus item entonces el calculo da eso x 4 Horas, pero si vos keres saber por 6.5 hs y siendo lo + exacto posible, o sea multiplicar los dias laborales del mes( 21 dias en febrero)x la cantidad de horas q decis q trabajas,entonces tu Neto seria $ 907,25. si keres, pasame tu mail q t mando un archivo para q lo veas reflejado.

  3. Trabajo 6 horas en la ciudad de mza, tengo solo los domingos de descanso, y los lunes hago seis horas extras. Mi sueldo mensual debería ser el básico para 8 horas dividido 200 por 150? las horas extras de los lunes cómo se calculan? Básico dividido 200 * 6 * 1.5? debo tener otro franco además de los domingos? me los deberían pagar? gracias

  4. Hola Graciela y Marcelo!!

    Antes que nada muchas gracias por responder, les cuento tengo cat. administrativa B, ingreso el 01/06/05, trabaje 1 año con contrato. Sueldo básico $544,83, antiguedad 13,08, presentismo $ 46.- de ahí me sacan las deducciones. Me dá un total de bolsillo de $ 665.- y los $200 es por las comisiones de alquileres.. que varía a veces es $ 230 otras $ 170.. promedio $ 200.- Quiero saber si por mis 6.5 hs diarias de lunes a viernes, esta bien lo que cobro. Muchas gracias a ambos!!

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