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Empleados de comercio, homologación de la suma no remunerativa

El Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad social homologo el día 22 de febrero de 2008 el acuerdo firmado por el gremio de los Empleados de Comercio por el cual se acordó otorgar una asignación compensatoria especial y extraordinaria, de carácter no remunerativo, por única vez, de $ 300 a pagarse en tres cuotas de $ 100 juntamente con las remuneraciones de enero, febrero y marzo de 2008 respectivamente. La Resolución es la Nº  209/2008 de fecha 22/2/2008, si bien fue firmada todavía falta su publicación, seguramente se hará en los próximos días.  

El Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad social homologo el día 22 de febrero de 2008 el acuerdo firmado por el gremio de los Empleados de Comercio por el cual se acordó otorgar una asignación compensatoria especial y extraordinaria, de carácter no remunerativo, por única vez, de $ 300 a pagarse en tres cuotas de $ 100 juntamente con las remuneraciones de enero, febrero y marzo de 2008 respectivamente.

La Resolución es la Nº  209/2008 de fecha 22/2/2008, si bien fue firmada todavía falta su publicación, seguramente se hará en los próximos días.
 

48 comentarios en “Empleados de comercio, homologación de la suma no remunerativa”

  1. Hoy me dijo mi empleador que la ley no le permite poner en el recibo el total de lo que realmente cobro: 2.000 pesos, por eso me figura 1500, con los 300 del acuerdo (que le reclame) ya iriamos a 1800, por lo tanto no me los va a pagar, porque yo cobro mas de 1800.

    Mi pregunta es la siguiente:hay topes para los recibos??? es imposible llegar a esa suma, no pueden subir la categoria y listo???? gracias

    1. GARE

      La ley no permite poner si ganas mas? eso no es así el convenio si exige poner los importes y denominaciones que dice pero tu empleador te puede pagar lo que te mereces con algun otro item en el recibo de sueldo o subir la categoría, el sueldo lo arregla trabajador y empleador

  2. Hola
    Quisiera saber cómo es el tema del cumplimiento de los 2/3 de la jornada laboral para que de hecho se compute el aumento de los 300 entero, y no proporcional.
    Dónde está esa información como para poder presentarla llegado el momento,
    gracias!
    Carlos

  3. Hola, graciael, en mi caso mis recibos anteriores contenian un monton de acuerdos, nunca me dijeron que significaban, y este mes el recibo de abril 2009, desaparecieron todos esos acuerdos, y aumentaron el valor en el importe basico, pero claro esta, no en el sueldo de bolsilo. Tampoco figura el acuerdo abril 2009 de los 300 pesos. Esta homologado, ya se puede reclamar? y si no me lo pagan???

  4. me podrian informar por favor si ya se homologo el acuerdo por los 300$,no remunerativos, para abril/2009, agradeceria una clara respuesta, muchas gracias.

  5. Favor me podrian informar si al dia 24/04/2008 ya se encuentra homologado el aumento del 20% caracter no remunerativo que se empezaria a cobrar a partir del 04/2008 – De ser asi en donde podria verlo???
    Gracias.

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