Camionero sobre su camión

Sueldos Básicos de Camioneros 2015

Este año, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas y Logísticas y Servicios (FEDCAM) y la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) acordaron un aumento en la escala salarial del 31,50%. En este artículo, EconoBlog detalla la planilla con los Sueldos Básicos de Camioneros 2015. En el Acuerdo Salarial 2015 de Camioneros, homologado con la Resolución 1097/15 por la Secretaría de Trabajo, se ha fijado un aumento en los sueldos básicos del Convenio Colectivo 40/89 aplicable de la siguiente forma: Desde julio de 2015: 18%.- Desde noviembre de 2015: 7%.- Desde Marzo de 2016: 6,5%.- Estos porcentajes no son acumulativos sino que fueron aplicados sobre la escala salarial de camioneros […]

Este año, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas y Logísticas y Servicios (FEDCAM) y la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) acordaron un aumento en la escala salarial del 31,50%. En este artículo, EconoBlog detalla la planilla con los Sueldos Básicos de Camioneros 2015.

En el Acuerdo Salarial 2015 de Camioneros, homologado con la Resolución 1097/15 por la Secretaría de Trabajo, se ha fijado un aumento en los sueldos básicos del Convenio Colectivo 40/89 aplicable de la siguiente forma:

  • Desde julio de 2015: 18%.-
  • Desde noviembre de 2015: 7%.-
  • Desde Marzo de 2016: 6,5%.-

Estos porcentajes no son acumulativos sino que fueron aplicados sobre la escala salarial de camioneros vigente en el mes de junio de 2015.

La planilla con los Sueldos Básicos de Camioneros desde junio de 2015 es la siguiente:

Salarios Básicos Por mes Por día Horas extra
50% 100%
Personal operativo
a) De primera categoría 8.211,35 342,14 64,15 85,54
b) De segunda categoría 8.065,01 336,04 63,01 84,01
c) De tercera categoría 7.918,53 329,94 61,86 82,49
d) De grúas móviles, autogrúas o grúas montadas sobre chasis de camión y tractocargadores y/o palas cargadoras y similares
– Grúa h/10 T y autoelevadores 8.357,73 348,24 65,30 87,06
– Grúa más de 10 y h/ 20 T 9.193,50 383,06 71,82 95,77
– Grúa más de 20 y h/ 35 T 9.561,24 398,39 74,70 99,60
– Grúa más de 35 y h/ 45 T 9.943,69 414,32 77,69 103,58
– Grúa más de 45 y h/ 55 T 10.341,44 430,89 80,79 107,72
– Grúa más de 55 y h/ 70 T 10.858,51 452,44 84,83 113,11
– Grúa más de 70 y h/ 90 T 11.401,44 475,06 89,07 118,77
– Grúa más de 90 y h/ 110 T 11.971,51 498,81 93,53 124,70
– Grúa más de 110 y h/ 140 T 12.570,09 523,75 98,20 130,94
– Grúa más de 140 y h/ 170 T 13.198,59 549,94 103,11 137,49
– Grúa más de 170 y h/ 300 T 13.858,52 577,44 108,27 144,36
– Grúa más de 300 T 14.967,20 623,63 116,93 155,91
e) Encargado 7.717,51 321,56 60,29 80,39
f) Recibidor y/o clasificador de guías 7.645,89 318,50 59,72 79,63
g) Embaladores. Peones especializados de mudanza y/o reparto 7.571,79 315,49 59,15 78,87
h) Recolectores de residuos y limpieza 7.571,79 315,49 59,15 78,87
i) Peones 7.499,51 312,48 58,59 78,12
j) Peones generales de barrido y limpieza 7.499,51 312,48 58,59 78,12
k) Ayudantes mayores de 18 años 7.355,79 306,49 57,47 76,62
Personal operativo del transporte de clearing, carga postal y correo privado
l) Operador de servicios 8.737,19 364,05 68,26 91,01
ll) Distribuidor domiciliario 7.952,54 331,36 62,13 82,84
m) Auxiliar operativo de 1° 83186,38 341,10 63,96 85,28
n) Auxiliar operativo de 2° 7.791,35 324,64 60,87 81,16
Personal operativo del transporte de caudales
ñ) Chofer de camión blindado 8.828,24 367,84 68,97 91,96
o) Chofer con firma 9.481,32 395,06 74,07 98,77
o bis) Custodio de unidad blindada 7.654,01 318,92 59,80 79,73
p) Auxiliar operativo de 1° 11.283,80 470,16 61,41 117,54
q) Auxiliar operativo de 2° 7.860,18 327,51 61,41 81,88
Personal de taller y/o mantenimiento
r) Oficial de primera 9.145,21 381,05 71,45 95,26
s) Oficial completo de taller 8.671,41 361,31 67,75 90,33
t) Oficial 8.244,26 343,51 64,41 85,88
u) Medio oficial 7.788,02 324,50 60,84 81,13
v) Oficial gomero 8.244,26 343,51 64,41 85,88
w) Medio oficial gomero 7.788,02 324,50 60,84 81,13
x) Lavadores. Engrasadores y ayudantes de taller 7.788,02 324,50 60,84 81,13
Personal administrativo
y) Administrativo de primera categoría 8.171,38 340,47 63,84 85,12
z) Administrativo de segunda categoría 7.860,18 327,51 61,41 81,88
z1) Administrativo de tercera categoría 7.571,79 315,49 59,15 78,87
z2) Administrativo de cuarta categoría 7.427,72 309,49 58,03 77,37
z3) Maestranza y/o serenos 7.427,72 309,49 58,03 77,37
  • Antigüedad: 1% por cada año de antigüedad calculado sobre la totalidad de los rubros remunerativos de este CCT.
  • Día del trabajador camionero: 15 de diciembre de cada año. Esta jornada debe ser abonada con el 100% de recargo, si coincide con un sábado o domingo cuenta con el 200% de recargo.
  • Vacaciones ordinarias: Un adicional fijo por cada día de vacaciones gozadas de 191,81 pesos.

Otras remuneraciones y vitalicios de camioneros:

Ítem Denominación Monto según zona
General Cef. 1,2 Cef. 1,4
Remuneraciones complementarias
5.5.2 Calentamiento asfalto o similar 342,14 410,57 479,00
Por cada viaje que se realice la operación
6.2.1 Limpieza de pozos, depósitos y tanques 2 jornales de su categoría por pozo, depósito o tanque
Remuneraciones complementarias para personal de larga distancia
4.2.3 Horas extra por kilómetro recorrido 0,61590 0,73908 0,86226
4.2.5 inc b) Permanencia fuera residencia habitual 232,42 279,21 279,21
Por día y persona
4.2.6 Control descarga / Reparto 342,14 410,57 479,00
4.2.9 Transporte de automóviles 342,14 410,57 479,00
Por cada viaje con carga realizado
Vitalicios – No sufrirán descuento ni carga social alguna según lo establecido en el ítem 4.2.11
Personal corta distancia y locales
4.1.12 Comida 125,66 15,79 175,92
Por cada comida en cada día efectivamente trabajado
4.1.13 Especial 63,05 75,6 88,27
Por cada día efectivamente trabajado
4.1.14 Pernoctada 146,34 175,61 204,88
Por día y persona
Especial por transporte de caudales
5.1.15 Servicio eventual larga distancia 213,72 256,46 299,21
Por día de labor
Personal larga distancia
4.2.4 Vitalicio por kilómetro recorrido 0,61590 0,73908 086226
Por kilómetro
4.2.5 inc a) Permanencia fuera residencia habitual 443,42 532,99 532,99
Por día y persona
4.2.17 Cruce de frontera 305,37 348,21 348,21
Por cada cruce

Subsidio por fallecimiento familiares (6.2.5):

  • Cónyuge o hijos: Monto equivalente a ocho jornales de su categoría.
  • Padre o hermanos: Monto equivalente a cuatro jornales de su categoría.

Un dato a tener en cuenta es que aún no se ha difundido la escala salarial que entrará en vigencia en noviembre de 2015 ni la de marzo de 2016.

5 comentarios en “Sueldos Básicos de Camioneros 2015”

  1. Los Adicionales se computan del Basico + las horas extras + dias de enfermedad + dias de art + feriados + dia del camionero. O simplemente del basico.
    Muchas Gracias!

  2. Hola, quiero saber si el adicional fijo por vacaciones en camioneros tiene descuentos de ley o es no remunerativo. Porque me están pagando pero como remunerativo y me descuentan

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