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Guía para el Reempadronamiento de los Controladores Fiscales

Los contribuyentes que se encuentran obligados a utilizar Controladores Fiscales obligatoriamente deben realizar el Reempadronamiento de los mismos desde el día 14 de septiembre y hasta el 16 de octubre. Aquel sujetos que no lo haga el día 17 de octubre su equipo instalados estará inhabilitado para operar, así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución General Nº 2.676 del año 2009. Guía para el Reempadronamiento de los Controladores Fiscales: Para poder realizar de alta nuevos servicios, tanto para el usuario como para las personas representadas, deberá: Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar  Nº CUIT con  «Clave Fiscal« Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de […]

Los contribuyentes que se encuentran obligados a utilizar Controladores Fiscales obligatoriamente deben realizar el Reempadronamiento de los mismos desde el día 14 de septiembre y hasta el 16 de octubre. Aquel sujetos que no lo haga el día 17 de octubre su equipo instalados estará inhabilitado para operar, así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la resolución General Nº 2.676 del año 2009.

Guía para el Reempadronamiento de los Controladores Fiscales:

Para poder realizar de alta nuevos servicios, tanto para el usuario como para las personas representadas, deberá:

  • Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar  Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  • Seleccione la opción «Nueva relación»
  • Desde la opción «Buscar» el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad.
  • Sección AFIP –  Servicios Interactivos – Servicio «Gestión de Controladores Fiscales», opción «Reempadronamiento de Controladores Fiscales».
  • Seleccione la opción «Confirmar».
  • En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  • Presione el botón «Buscar».
  • Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
  • Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
  • Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  • Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.

Una vez ingresado el servicio al sistema del contribuyentes, seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio «Gestión de Controladores Fiscales», opción «Contribuyente».
  • Remitir los datos del equipamiento.  Este paso podrá realizarse en línea (ingresando los datos requeridos por el sistema) o mediante la importación de datos desde un archivo que contiene la información.  Los datos requeridos para el reempadronamiento son los que seguidamente se detallan:
  1. Datos del Equipo: Código de Controlador, Número de Serie, Si se trata de un equipo nuevo o usado, Si el equipo es propio o de un tercero (en este último caso deberá informar la CUIT).
  2. Datos del Vendedor: CUIT y Fecha de Entrega (no se completarán si el equipo es usado)
  3. Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización
  • Para impresoras fiscales: CUIT del Profesional de sistemas
  1. Ubicación del Controlador Fiscal: Cód. de Punto de Venta, Código Postal, Provincia, Localidad, Calle, Número, Piso, Oficina/Depto.
  2. Marca de Información Faltante: si por algún motivo no cuenta con algún dato requerido por el sistema
  3. Si declara no contar con información faltante: deberá seleccionar el motivo, opciones posibles «F.445/E ilegible», «Extravío del Libro Único de Registro», «Extravío de documentación vinculada».
  • Imprimir original y copia de la «Constancia de reempadronamiento» de cada controlador fiscal.  Deberá ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio «Gestión de Controladores Fiscales», Opción «Reempadronamiento de Controladores Fiscales».  La Constancia original deberá fijarse -en forma visible-en el equipo o junto al lugar de emplazamiento, en reemplazo del F.445/E y el duplicado de la constancia deberá archivarse en el Libro Único de Registro.

Asimismo, se sistematiza el procedimiento para la habilitación de controladores fiscales y para la modificación de datos, eliminándose la utilización del Formulario N° 445/E

Fuente AFIP

1 comentario en “Guía para el Reempadronamiento de los Controladores Fiscales”

  1. como se hace para averiguar las ubicaciones de los camiones fabrica de dni? estamos en lanus hay alguna pagina donde se indiquen los lugares de ubicacion?

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