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Licencias de Empleados de Comercio

El Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 establece un régimen especial de licencias para los Empleados de Comercio. De esta forma, los trabajadores mercantiles cuentan con más días que los que se indica el Artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 20744. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla la cantidad de días disponibles para los asalariados de dicho sector. El empleado de comercio que se tome días de licencia debe justificar la misma con la presentación de un certificado que acredite la causa que ha dado lugar a la misma. El mismo debe ser emitido por una autoridad competente. El listado con la cantidad de días es la siguiente: Licencia por casamiento: 12 días […]

El Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 establece un régimen especial de licencias para los Empleados de Comercio. De esta forma, los trabajadores mercantiles cuentan con más días que los que se indica el Artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 20744. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla la cantidad de días disponibles para los asalariados de dicho sector.

El empleado de comercio que se tome días de licencia debe justificar la misma con la presentación de un certificado que acredite la causa que ha dado lugar a la misma. El mismo debe ser emitido por una autoridad competente.

El listado con la cantidad de días es la siguiente:

Licencia por casamiento: 12 días de licencia de corrido por matrimonio con goce total de sus remuneraciones. Este permiso puede ser tomado por el dependiente en el momento que desee pudiendo sumarlo a sus vacaciones.

Licencia para trámites prematrimoniales: Un día con goce de sueldo.

Licencia por casamiento de hijos: Un día.

Licencia por enfermedad de familiar: Hasta 30 días por año sin goce de sueldo por enfermedad del cónyuge, padres o hijos que requiera su cuidado personal, lo cual debe ser comprobado de acuerdo a los mecanismos indicados en el Artículo 277 de la Ley N° 20744.

Licencia por fallecimiento de familiar: 4 días corridos por fallecimiento de padre, hijos, cónyuges o hermanos/as con goce de sueldo. En caso de que la muerte se haya producido a más de 50 km. se le adicionarán 2 días de licencia paga más debiendo el empleado demostrar que efectuó el viaje.

En caso de fallecimiento de abuelos, padres o hermanos políticos o hijos del cónyuge se otorgarán 2 días corridos con goce de sueldo.

Licencia por nacimiento: 2 días hábiles con goce de sus remuneraciones.

Licencia por donación de sangre: La jornada completa con goce de sueldo para la fecha en la que se realiza la donación.

Licencia por mudanza: 2 días corridos con goce de sueldo.

Licencia por carga pública: La misma es paga y se otorga en los casos de que el trabajador, por situaciones o emplazamientos personales con carácter de carga pública, deba comparecer ante reparticiones oficiales.

Licencia por examen: Hasta 10 días por año con goce de sueldo para los estudiantes secundarios.

En el caso de los alumnos universitarios, ellos cuentan con un máximo de 20 días por año con goce de sus remuneraciones pudiendo tomarse hasta 4 días por examen y fijándose el lapso completo en 7 años. En caso de que el universitario se exceda de 5 exámenes sin repetirlos se otorgan 4 días extras pagos.

Esta licencia podrá ser acumulada al período ordinario de vacaciones anuales.

Licencia por compras: 1 hora de licencia mensual con goce de sueldo para que pueda realizar compras en aquellos lugares en los que no puede hacerlo por su carga horaria laboral. Los empleadores determinarán la fecha y el horario que consideran más adecuados para su otorgamiento para que no se vea perjudicado el trabajo normal que realiza el dependiente.

Licencia Empleados de Comercio Anotaciones
Matrimonio 12 días *
Trámites prematrimoniales 1 día *
Casamiento de hijo 1 día *
Enfermedad de familiar Hasta 30 días Sin goce de sueldo
Fallecimiento de padre, hijos, cónyuges o hermanos/as 4 días *
Fallecimiento de abuelos, padres o hermanos políticos o hijos del cónyuge 2 días *
Fallecimiento de familiar a más de 500 km. 2 días extras *
Nacimiento 2 días *
Donación de sangre 1 día *
Mudanza 2 días *
Examen de colegio secundario 10 días *
Examen de universidad 20 días Hasta 4 días por examen *
Compras 2 hora *

* Con goce total de remuneraciones.

85 comentarios en “Licencias de Empleados de Comercio”

  1. Hola!
    A qué se refiere la parte final del art. 86 cuando menciona «Esta licencia podrá ser acumulada al período ordinario de vacaciones anuales»?
    Muchas gracias!
    saludos.

  2. hola, para estudiantes universitarios que tienen dias de estudio por un plazo de 7 años… a partir de cuando se empieza a contar ese plazo ? desde que ingreso a trabajar en el comercio (y por lo tanto desde el momento en que empezo a solicitar dias de estudio en el local) o desde que inici’o la carrera universitaria ?

  3. DEBERAN SER COMPENSADAS DENTRO DE LA MISMA SEMANA LAS EVENTUALES LLEGADAS TARDE O PERMISOS PARA AUSENTARSE DENTRO DEL HORARIO LABORAL.
    SE RECUERDA QUE LA JORNADA LABORAL NORMAL HABITUAL ES DE 48 HORAS SEMANALES, Y NOSOTROS TRABAJAMOS 45 HORAS SEMANALES.
    830 Hs a 18 Hs o 1730 Hs Según el corte de mediodía.
    TAMBIEN DEBERA CUMPLIRSE CON EL HORARIO DE ALMUERZO OTORGADO EN CADA CASO.
    EL CUMPLIMIENTO DE LO INDICADO EVITARA DESCUENTOS EN EL SALARIO. (suma fija)
    A FUTURO EVALUARE DE ACUERDO A LAS NECESIDADES Y CUMPLIMIENTOS DE CADA MOMENTO SI SE TRABAJARA O NO EN FERIADOS OPTATIVOS.
    TAMBIEN DE ACUERDO A LA SITUACION GENERAL FUTURA, EVENTUALMENTE EL TRASLADO DE INCREMENTOS SALARIALES ESTARA SUPEDITADO A LA POSIBILIDAD DE SU TRASLADO A INGRESOS, U OTROS FACTORES.
    Buenas tardes. Recibí esta nota de mi empleador Puede desconocer los aumentos salariales?

  4. Hola ..yo me caso el primero de junio por civil, que cae dia viernes, sé que me correspinden 12 dias por lucencia matrimonial y un dia por tramites matrimoniales, soy empleada de comercio….pregunto: desde que dia me empieza a correr la licencia.?

    1. CEcilia supongo que si te casas el viernes trabajas hasta el jueves, la licencia te corre desde el viernes El día es por tramites Prematrimoniales no por casarte, sería por ejemplo, para hacerte los analisis u otro tramite

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