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ANSES: ¿Cuando cobro lo Retenido 20% del Programa PROGRESAR?

El Programa de Respaldo de Estudiantes de Argentina, PROGRESAR, es un beneficio social que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a jóvenes de entre 18 y y 24 años de edad, inclusive, quienes están obligados a acreditar estar inscriptos y asistir a instituciones educativas habilitadas. El monto de dicha prestación es de $900.- y se paga un 80% de forma mensual, por lo que perciben $720.- y se les retiene $180.-. Debiendo Acreditar Escolaridad Formulario PS 2.68, personalmente (con turno previo) o por Internet. Este mes es cuando mas consultas de nuestros visitantes encontramos y es ¿Cuándo cobro lo retenido, 20%, del Programa PROGRESAR? por lo que decidimos tratar de recordarle las obligaciones y requisitos para percibir […]

El Programa de Respaldo de Estudiantes de Argentina, PROGRESAR, es un beneficio social que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a jóvenes de entre 18 y y 24 años de edad, inclusive, quienes están obligados a acreditar estar inscriptos y asistir a instituciones educativas habilitadas. El monto de dicha prestación es de $900.- y se paga un 80% de forma mensual, por lo que perciben $720.- y se les retiene $180.-. Debiendo Acreditar Escolaridad Formulario PS 2.68, personalmente (con turno previo) o por Internet.

Este mes es cuando mas consultas de nuestros visitantes encontramos y es ¿Cuándo cobro lo retenido, 20%, del Programa PROGRESAR? por lo que decidimos tratar de recordarle las obligaciones y requisitos para percibir el beneficio tanto mensualmente como la retención.

Se pueden anotar:

Los desocupados o trabajadores formales en relación de dependencia, o trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo o se desempeñen en la economía informal o sean Monotributistas sociales o trabajadores del servicio doméstico o titulares de la Prestación por Desempleo o autónomos o Monotributistas o perciban una jubilación o pensión o una pensión no contributiva nacional, provincial o municipal o sean titulares de la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo para Protección Social.

 

En todos los casos planteados anteriormente, todo el grupo familiar, incluso cuando los padres se encuentren separados, el ingreso que perciban deberá ser inferior a tres (3)  Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, SMVyM, o sea $14.148.-

Aclaramos algunas circunstancias en las que perdés el derecho a la prestación del PROGRESAR:

1) Cuando tus ingresos superen los tres  SMVyM, actualmente  $14.148.-

2) Sumando los ingresos de los padres se supere el tope de los tres SMVyM.

3) si vivis en pareja se consideran ingresos los de ambos, esposo/a y/o conviviente y en conjunto no deben superar los tres SMVyM.

4) Cuando cualquier persona integrante de tu grupo familiar, ya sea, padres, cónyuge, conviviente perciben una jubilación o pensión (contributiva o no contributiva), sean éstas nacionales, provinciales o municipales que superen la suma de los tres SMVyM.

5) Si vos, como titular,  percibis algun plan social ya sea nacional, provincial o municipal.

Aclarando que para el caso de los autónomos y Monotributistas se considera la renta fijada por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP,  a partir de la cual se realiza el aporte o la facturación prevista para el Monotributo.

 

Es obligación presentar dos veces por año calendario la Acreditación de Escolaridad, Formulario 2.68, en los meses de agosto y diciembre, aparte de que ya se presenta en la inscripción al programa, para certificar que continuas estudiando.

 

Hace unos meses, se sumo a la presentación de Acreditación de Escolaridad la inscripción en el Programa SUMAR para respaldar la salud de todos los Estudiantes de Argentina que quieran cobrar un dinero extra para seguir con sus estudios.

Para tramitarlo deben concurrir a un centro de salud cercano a su domicilio y renovarlo anualmente. Por lo que, a la presentación de los formulario de escolaridad se suma el certificado de salud.

 

Ahora vamos a la pregunta que origina nuestro articulo ¿cuando cobro los retenido, 20%, del programa PROGRESAR?

Para que ANSES pague lo retenido, 20%, del programa PROGRESAR, es necesario que vos hayas cumplido con todos los pasos anteriores detallados, ya que antes de proceder al pago ANSES, realiza un estudio para que se cumplan los requisitos y obligaciones.

Y por último,  y lo que a veces demora un poco es que el Ministerio de Educación debe informar a ANSES la nómina de titulares que cumplieron con la aprobación de una cantidad mínima de materias y asistencias de los beneficiarios.

 

Otros de los temas es que cuando se trata de alumnos de nivel TERCIARIO o UNIVERSITARIO, el requisito de escolaridad se considera cumplido con la mera acreditación de la inscripción, siempre y cuando se cumpla, posteriormente, con las normas sobre regularidad que rigen la materia, pero nosotros aconsejamos verificar que la institución educativa haya cumplido con la información de acreditar la escolaridad a ANSES y en casos de dudas presentarlo.

75 comentarios en “ANSES: ¿Cuando cobro lo Retenido 20% del Programa PROGRESAR?”

  1. Hola! Me cortaron el progresar por un papel que tarde en llevar hace un mes me lo volvieron a pagar , me van a pagar lo otros meses que me lo cortaron? Como hago para saber cuando me lo pagan y si tengo que reclamarlo?

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