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AFIP: Prórroga de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas

Mediante la Resolución General 3860, AFIP ha otorgado una prórroga de 10 días para la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas. El organismo a cargo de Alberto Abad indicó que se ha extendido este tiempo con el fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de dicha obligación fiscal, cuyo vencimiento inicia el jueves 21 de abril de 2016. La prórroga de AFIP para Ganancias y Bienes Personales otorga a las personas físicas diez días más para confeccionar las Declaraciones Juradas de dichos impuestos para el período fiscal 2015. Esta obligación debe ser cumplida por los contribuyentes inscritos en dichos gravámenes. La DDJJ del Impuesto a las Ganancias también debe ser presentada por los trabajadores en relación […]

Mediante la Resolución General 3860, AFIP ha otorgado una prórroga de 10 días para la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas. El organismo a cargo de Alberto Abad indicó que se ha extendido este tiempo con el fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de dicha obligación fiscal, cuyo vencimiento inicia el jueves 21 de abril de 2016.

La prórroga de AFIP para Ganancias y Bienes Personales otorga a las personas físicas diez días más para confeccionar las Declaraciones Juradas de dichos impuestos para el período fiscal 2015. Esta obligación debe ser cumplida por los contribuyentes inscritos en dichos gravámenes.

La DDJJ del Impuesto a las Ganancias también debe ser presentada por los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores que cobren por la Asociación Argentina de Actores con ingresos brutos anuales iguales o superiores a 200.000 pesos.

Además, Bienes Personales debe ser presentado por quienes tengan bienes por un monto igual o mayor a 305.000 pesos y no cuenten con participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en diciembre o que teniéndolas se traten de firmas que coticen en bolsa o mercado de valores; y empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores, que perciban sus remuneraciones por la Asociación Argentina de Actores, con ingresos brutos iguales o mayores a 200.000 pesos por año.

El nuevo cronograma de vencimientos de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas en abril de 2016 es el siguiente:

Finalización de CUIT Presentación Pago
0, 1 y 2 21/04 22/04
3, 4 y 5 22/04 25/04
6, 7, 8 y 9 25/04 26/04

La confección de la Declaración Juarda debe ser efectuada con el aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales» o el servicio «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» de la página oficial de AFIP, al cual se puede acceder utilizando el CUIT y la Clave Fiscal.

2 comentarios en “AFIP: Prórroga de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas”

  1. Hola, mi papá tiene una empresa de transporte por la que paga ganancias y además se jubiló en febrero de 2015, cobra aprox $5000 por mes de jubilación, debe incluir la jubilación en la ddjj de ganancias? paga gcias sobre ese ingreso, aunque no llegue al mínimo no imponibles? gracias!

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