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¿Cómo formar una Sociedad Anónima?

Las Sociedades Anónimas tiene un capital que se representa por acciones y que los accionistas limitan sus responsabilidades a las acciones que suscriban en la sociedad. La misma no tiene limite ni de acciones ni de accionistas. Pueden ser cerradas o de familia o abiertas que pueden hacer ofertas públicas de sus acciones. el nombre de la misma puede tener un nombre de fantasía o de alguno o varios de los integrantes de la sociedad pero es obligación que contengan la expresión «Sociedad Anónima» o la sigla S.A.  La omisión de la mención de Sociedad Anónima o en su defecto la sigla S.A. hará responsables ilimitada y solidariamente a los representantes de la sociedad por los actos que se celebren. […]

Las Sociedades Anónimas tiene un capital que se representa por acciones y que los accionistas limitan sus responsabilidades a las acciones que suscriban en la sociedad. La misma no tiene limite ni de acciones ni de accionistas. Pueden ser cerradas o de familia o abiertas que pueden hacer ofertas públicas de sus acciones. el nombre de la misma puede tener un nombre de fantasía o de alguno o varios de los integrantes de la sociedad pero es obligación que contengan la expresión «Sociedad Anónima» o la sigla S.A. 

La omisión de la mención de Sociedad Anónima o en su defecto la sigla S.A. hará responsables ilimitada y solidariamente a los representantes de la sociedad por los actos que se celebren.

La Sociedad Anónima debe ser inscripta en la Inspección General de Justicia mediante la constitución de un Instrumento Público y acto único, luego de publicar los correspondientes edictos en el Boletín Oficial.

Mediante una Asamblea de Accionista se debe designar un Directorio que puede estar compuesto por uno o por varios accionistas, también por medio de la asamblea será designado una sindicatura. Cuando en el estatuto este previsto se puede prescindir de esta sindicatura debiendo es este caso nombrar un Consejo de Vigilancia integrado como mínimo por tres y hasta quince accionistas. Debiendo contratar una auditoría para que dictamine los Balances.

Para ser Síndico como requisitos es que la persona debe:

  • Ser Contador Público o Abogado, con título habilitante o bien una sociedad civil con responsabilidad solidaria constituida exclusivamente por estos profesionales.
  • Tener domicilio real en la República  Argentina

La misma tendrá una vigencia máxima de 99 años de duración, contando desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Es obligación suscribir el capital en el momento de celebrar el estatuto, en moneda argentina, siendo el monto mínimo de $12.000.- El cual,  puede efectivizarse por medio de:

  • Aportes dinerarios: Cómo mínimo el 25% del capital suscripto debe integrarse en el momento de inscribir el estatuto el resto se pude hacer en un plazo de dos años.
  • Aportes no dinerarios: Deberán integrarse totalmente al momento de inscribir el estatuto.

3 comentarios en “¿Cómo formar una Sociedad Anónima?”

  1. Hola,muy ineresante y clara su explicacion,yo ademas necesitaria saber como se reflota una S.A que no tiene actividad hace 11años.la misma es de caracter familiar.espero su respuesta.y desde ya le estoy muy agradecida.Susan

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