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Requisitos de devolución del 15% del IVA a Jubilados y Asignación Universal por Hijo

Hoy, mediante el Decreto 771/2016, se promulgó la Ley 27.253 del régimen de reintegro del Impuesto al Valor Agregado por compras en comercios de venta minorista. En este artículo, EconoBlog permite consultar los requisitos de la devolución del 15% del IVA a Jubilados; Pensionados; y titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo, y Pensiones no Contributivas (PNC). El Gobierno Nacional ha decidido realizar un reintegro del 15% del IVA en las compras que realizan los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. De esta forma se desea que el dinero sea más rendidor para ellos y a que se habitúen a la utilización de medios electrónicos de pago, algo que hará un blanqueamiento de muchas operaciones comerciales que se […]

Hoy, mediante el Decreto 771/2016, se promulgó la Ley 27.253 del régimen de reintegro del Impuesto al Valor Agregado por compras en comercios de venta minorista. En este artículo, EconoBlog permite consultar los requisitos de la devolución del 15% del IVA a Jubilados; Pensionados; y titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo, y Pensiones no Contributivas (PNC).

El Gobierno Nacional ha decidido realizar un reintegro del 15% del IVA en las compras que realizan los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. De esta forma se desea que el dinero sea más rendidor para ellos y a que se habitúen a la utilización de medios electrónicos de pago, algo que hará un blanqueamiento de muchas operaciones comerciales que se hacen en negro.

Los requisitos de la devolución del 15% del IVA son los siguientes:

  • Es necesario pagar las compras con una tarjeta de débito asociada a una cuenta bancaria en la que se cobre una prestación alcanzada por este régimen.
  • No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Ser beneficiario de una de las siguientes prestaciones:
    • Jubilación y/o pensión por fallecimiento con un haber que no supere la mínima. En caso de que el cónyuge cobre una jubilación mayor, la suma de ambos no puede superar dos veces y medio el haber mínimo.
    • Asignación Universal por Hijo.
    • Asignación por Embarazo para la Protección Social.
    • Pensión no Contributiva nacional con un haber que no supere la jubilación mínima. Esto alcanza a las pensiones por invalidez, por vejez a mayores de 70 años de edad, a madres de 7 hijos o más y por leyes especiales.

Quedan fuera del régimen de devolución del 15% del IVA los beneficiarios cuyo grupo familiar sea mayor a 2,50 veces la jubilación mínima jubilatoria.

El monto del reintegro se tratará del 15% del Impuesto al Valor Agregado, el cual es del 21% y del 10,50% dependiendo del tipo de bien, de las operaciones que realicen en comercios minoristas hasta alcanzar el tope.

El tope de reintegro es de 300 pesos, monto que se actualizará en base a la variación de precios de la canasta básica del INDEC. En caso de la AUH y la Asignación por Embarazo, el importe máximo se reduce a 200 pesos dado que es la cantidad máxima a la que se puede devolver en caso de que se gaste la tarjeta al máximo.

En los primeros meses de entrada en vigencia esta normativa, la devolución se hará de la siguiente forma:

  • En julio de 2016: Se acreditarán 150 pesos en las primeras dos compras.
  • En agosto de 2016: Se acreditarán 75 pesos en las primeras cuatro compras.
  • En septiembre de 2016: Se acreditarán 50 pesos en las primeras seis compras.

La devolución del tributo será realizada en la cuenta en la cual se perciben los haberes. De esta manera el dinero podrá ser más rendidor para los adultos mayores y titulares de planes sociales.

Bajar Ley 27.253 en formato PDF (Requiere la instalación del Adobe Acrobat Reader).

49 comentarios en “Requisitos de devolución del 15% del IVA a Jubilados y Asignación Universal por Hijo”

  1. Hola yo cobro asignacion u compro con la targeta y nunca me devolvieron nada hoy fui ala fip y me dijeron q ases se tiene q aser cargo del tramite y anses me manda al banco piano

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