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Jubilación Anticipada para los Desocupados

El proyecto impulsado por dos diputadas ya tiene dictamen de prevención pero todavía no lo tiene de presupuesto y es que sería reimplantada la  jubilación anticipada para quienes estén desocupados. El Dictamen que tiene el visto favorable  de la Comisión de Previsión de la Cámara Baja,  permite a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a otorgar a las personas que se encuentran desocupadas y tienen 30 años de aportes a la Seguridad Social, jubilarse 5 años antes. La iniciativa es un proyecto unificado entre las diputadas Edith Llanos (FPV) y María América González (SI) . El impacto de la crisis sobre el empleo, provocó que en el Congreso se unieran opiniones del oficialismo y la oposición y ambas […]

El proyecto impulsado por dos diputadas ya tiene dictamen de prevención pero todavía no lo tiene de presupuesto y es que sería reimplantada la  jubilación anticipada para quienes estén desocupados. El Dictamen que tiene el visto favorable  de la Comisión de Previsión de la Cámara Baja,  permite a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a otorgar a las personas que se encuentran desocupadas y tienen 30 años de aportes a la Seguridad Social, jubilarse 5 años antes.

La iniciativa es un proyecto unificado entre las diputadas Edith Llanos (FPV) y María América González (SI) . El impacto de la crisis sobre el empleo, provocó que en el Congreso se unieran opiniones del oficialismo y la oposición y ambas quieren reimplantar la jubilación anticipada por desempleo.

El proyecto acordado por los distintos bloques fija que se puedan jubilar 5 años antes de la edad requerida, o sea todas las mujeres cuando cumplen 55 años y los hombres 60 años, si acreditan como mínimo 30 años de aportes y estaban desocupados al 31 de agosto de 2009 y lo siguen estando, podrán obtener la jubilación anticipada.

Al principio cobrarían el 50% del beneficio que les correspondería cobrar de haberse jubilado con la edad requerida. Con la aclaración de que dicha jubilación «en ningún caso podrá resultar inferior al haber mínimo», que hoy de $ 827.

Irrumpiéndose el cobro del beneficio  si la persona encuentra trabajo en relación de dependencia o bien por cuenta propia o si llegase a cobrar algún tipo de pensión o plan social de cualquier tipo, retiro civil o militar. Aclarando de que, en estos casos  «el beneficiario podrá optar por la más favorable»

Recordemos que, este tipo de Prestación Anticipada por Desempleo (PAD) fue aprobada a través de la ley 25.994 a fines de 2004. Estuvo vigente hasta el 30 de abril de 2007 y permitió que casi 50.000 personas obtuvieran ese beneficio.

En esa oportunidad, se aprobó la Ley 25.994 como respuesta a la gente mayor que quedó desocupada por la recesión y crisis de 2001/02 y aunque reunía los 30 años de aportes mínimos, no podía jubilarse porque no tenía la edad mínima requerida de 60 años las mujeres y 65 años los hombres.

Debido a que, al no tener empleo, esa gente tenía problemas por la edad para reinsertarse en el mercado laboral.

Nuevamente, ahora, por el gran incremento del desempleo que se produjo por la crisis, los integrantes de la Comisión de Previsión sostienen que vuelve a plantearse la misma situación.

63 comentarios en “Jubilación Anticipada para los Desocupados”

  1. Hola buenas tarde quisiera saber cómo puedo hacer para poder cobrar el bono de 5000 tu a qué me encuentro desocupada desde ya muchas gracias saludos cordiales

  2. queria saber si la ley esta vigente? si hay alguna pagina donde me pueda inscribir? o solo es una ley por aprobar? si alguien puede darme informacion gracias

  3. tengo 58 años estoy desocupada, tengo completo los años de aporte. deseo que pronto se apruebe la ley de jubilaciòn anticipada, ya que por la edad y a pesar de tener buenas referencias ,y mucha experiencia y estudios, de nada vale nadie lo toma a uno todo por la edad.
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