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ANSES: ¿Cómo cobrar lo retenido en PROGRESAR?

Mirá cómo cobrar lo retenido en PROGRESAR, prestación que paga ANSES a los estudiantes primarios, secundario,s universitarios, terciarios y del Plan Fines.

Los beneficiarios del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina tienen la obligación de presentar dos veces al año la certificación de escolaridad en ANSES. Dicho trámite puede ser efectuado personalmente o por Internet desde www.anses.gov.ar. Una vez cumplido con dicho requisito, los titulares tienen derecho a cobrar lo retenido en PROGRESAR.

Mensualmente, la Administración Nacional de la Seguridad Social aplica una retención a PROGRESAR del 20%. Ese dinero se retiene a la espera de que el beneficiario cumpla con la presentación del Formulario de Acreditación Escolar, lo cual demuestra que ha cumplido con la asistencia a clases y al aprobación de un mínimo de materias estipulado por el Ministerio de Educación.

Los estudiantes PROGRESAR que cursan la primeria, secundaria, escuela especial y el Plan Fines deben presentar dos veces al año dicho formulario:

  • 1° presentación: De agosto a noviembre acreditando la escolaridad de marzo a julio.
  • 2° presentación: De diciembre a marzo del año siguiente acreditando la escolaridad de agosto a diciembre.

En el caso de los universitarios y terciarios, la acreditación es efectuada por el establecimiento educativo siempre y cuando se esté al día con las materias y se mantenga la condición de alumno regular.

Una vez realizada la presentación, ANSES demora de 60 a 90 días en liquidar la retención a PROGRESAR. El depósito se efectúa en la cuenta en la que se cobra cada mes junto con la prestación mensual.

¿Cómo Acreditar Escolaridad PROGRESAR?

Las personas interesadas en efectuar la acreditación presencialmente deben sacar un turno en ANSES por teléfono al 130 o por Internet desde la web del organismo previsional.

Además se puede hacer el trámite online. Para ello se tiene que sacar un foto del Formulario PS 2.68 acreditado por la institución educativa y subirlo ingresando ACÁ.

26 comentarios en “ANSES: ¿Cómo cobrar lo retenido en PROGRESAR?”

  1. Será que en algún momento la página se pondrá en servicio??? Desde febrero estoy queriendo cargar el formulario y me dice que la página está en reparación

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