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Declaración Jurada sobre los Bienes Personales – Tablas de Valuación 2010

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.775, estableció las tablas de valuaciones confeccionando los listados de los valores de referencia que deberán tener en cuenta los contribuyentes al momento de informar el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, tal como lo requieren las Declaraciones Juradas anuales del Impuesto sobre los Bienes Personales.Bienes Personales. El fisco nacional definió los valores para realizar la Declaración Jurada anual sobre los Bienes Personales dando los montos a considerar al momento de tener que informar  el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, estableciendo montos a automóviles, pick-ups y motocicletas, variando de acuerdo a la marca, modelo y año de fabricación. Además precisó la valuación de activos en […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.775, estableció las tablas de valuaciones confeccionando los listados de los valores de referencia que deberán tener en cuenta los contribuyentes al momento de informar el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, tal como lo requieren las Declaraciones Juradas anuales del Impuesto sobre los Bienes Personales.Bienes Personales.

El fisco nacional definió los valores para realizar la Declaración Jurada anual sobre los Bienes Personales dando los montos a considerar al momento de tener que informar  el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, estableciendo montos a automóviles, pick-ups y motocicletas, variando de acuerdo a la marca, modelo y año de fabricación. Además precisó la valuación de activos en la moneda extranjera.

La Resolución establece tablas, ordenadas mediantes anexos:

  1. Anexo I   – Valor de Automotores.
  2. Anexo II   – Valor de cotización de las monedas extranjeras.
  3. Anexo III –  Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
  4. Anexo IV –  Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
  5. Anexo V –   Detalle de entidades financieras.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, FACPCE, explicó que:  “el valor de los autos es asignado por la AFIP en función de la información que le brinda la Superintendencia de Seguros de la Nación. Por lo tanto, es el valor asegurable de los autos de acuerdo a la marca, modelo y año de fabricación”.

Por ejemplo, de acuerdo a los montos publicados por la AFIP,:

  • Volkswagen Golf de tres puertas, fabricado en 2004, se valúa en $63.000. De igual manera, una coupe Mercedes Benz C 230, fabricada en 2003, alcanza los $106.400.-
  • Fiat Palio 2008 -tres puertas- se valúa en $45.000 mientras que un Ford Focus fabricado en 2007 se ubica en $52.000. Si el vehículo a valuar es un Renault Clio -cinco puertas- fabricado en 2003, el valor a considerar es de $32.500.-
  • Peugeot 207-tres puertas- fabricado en 2006 se eleva a 37.800 pesos.

La cotización de las acciones, varían de acuerdo a la empresa emisora y al tipo de acción de que se trate:

  • Tenaris los valores individuales de la acción se ubican entre $14,95 y $80,20. En el caso de Central Puerto va desde los $1,29 a $5,90

Además, con la finalidad de cuantificar los activos en moneda extranjera, la AFIP estableció el tipo de cambio vigente al 31 de diciembre de 2009 respecto al dólar, euro, libra esterlina, francos suizos y yenes, entre otros.

Alicuotas

La liquidación correspondiente al año fiscal 2009, debe tener en cuenta que el esquema legal vigente para un patrimonio de:

  • $305.000. tiene una alícuota 0%
  • Mayores d e$305.000.- y menores a  750.000.- alícuota 0.50%
  • Entre $ 750.001.- y menores a $2.000.000.- alícuota 0.75%
  • Entre $2.000.001 y $5.000.000.- alícuota 1%
  • Mayores a $5.000.001.- alícuota 1.25%

De acuerdo al esquema, el problema es el salto producido entre los importes ya que un contribuyente que tiene un patrimonio de $305.000.- paga de Bienes Personales $0.- pero quién tiene uno de $305.001.- paga de impuesto $ 1525.- al año.

La AFIP, ya publicó que puso en marcha para la liquidación de la correspondiente Declaración Jurada el nuevo software denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0. a partir de la entrada en vigencia, día 19 de marzo de 2010, personas físicas

  • “deberán utilizar la nueva versión del programa aplicativo unificado a fin de determinar Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2009 y siguientes”.
  • “las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los períodos fiscales 2007 y 2008 que se presenten a partir del 19 de marzo próximo”.

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