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Vence la Recategorización del Monotributo

Recordamos que hoy 20 de mayo de 2010 opera el vencimiento para la recategorización del Monotributo correspondiente al primer cuatrimestre de este año designado por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Los pequeños contribuyentes deberán en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Mayo/2009 a Abril/2010 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período. Los Monotributistas cuando estos parámetros sean superiores a los existentes deberán recategorizarse o bien excluirse cuando estaba en la última categoría, o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma […]

Recordamos que hoy 20 de mayo de 2010 opera el vencimiento para la recategorización del Monotributo correspondiente al primer cuatrimestre de este año designado por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Los pequeños contribuyentes deberán en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Mayo/2009 a Abril/2010 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.

Los Monotributistas cuando estos parámetros sean superiores a los existentes deberán recategorizarse o bien excluirse cuando estaba en la última categoría, o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.

Además, también vence el pago del mes de mayo de 2010. De haberse recategorizado el nuevo monto deberá abonarse a partir del mes de junio de 2010.-

9 comentarios en “Vence la Recategorización del Monotributo”

  1. Graciela,
    Buen dia, podrias publicar la planilla de exel como se liquidaria Julio 2010, para empleados de comerico, debido a que tengo una liquidacion en Julio y esa planilla me serviria de mucha utilidad.
    Desde ya muchas gracias

  2. Hola Graciela !! Quisiera saber en el caso de una Nota de crédito que ha sido emitida por error como es posible anularla, mediante una Nota de débito ???

    Gracias
    Geor

  3. Muchas Gracias Graciela !!!!….
    Necesitaría ayuda con la sig. inquietud: Es correcto emitir una nota de debito (ND) al cliente x concepto de cheque rechazado y que no genere IVA ??. Por Ej. si el cheque es de $ 1000 y el banco cobró $ 10 más IVA de gastos, en la ND deberia poner:
    cheque rechazado $ 1000,00
    gastos bancarios $ 10,00
    IVA $ 2,10
    TOTAL $ 1012,10

    Si este fuera el procedimiento correcto, cuando cargo la ND al Libro IVA Ventas no se está duplicando la venta ó ese importe de $ 1000 de la ND si bien suma en el Libro IVA Ventas se considera exento de IVA y de Ganancias ??
    Y una vez emitida la ND x cheque rechazado y el cliente reemplaza el cheque x otro, que debo emitir un recibo o nota de crédito?
    Desde ya Muchas Gracias !!
    Sldos Geor

    1. Geor

      Es correcto el procedimiento, la ND los $1000.- no se computan ni para IVA ni Ganancias y el cliente al reemplazar el cheque no emite recibo sino que recibe un recibo como que pago el cheque

  4. hola !! Quisiera consultarles en el momento de recategorización (Monotributo) cuando se cargan los parámetros: el de ingresos brutos se ingresa el monto anual pero en energía eléctrica consumida y alquileres el importe que debo ingresar es el anual o mensual ???
    Desde ya muchisimas gracias !!
    Saludos Geor

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