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AFIP: Formulario 1357 – Liquidación de Impuesto a las Ganancias

Formulario 1357 de AFIP (Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la publicación de la Resolución General 4396/2019 el día de la fecha en el Boletín Oficial, estableció que los empleadores que actúen como agentes de retención deberán entregar a sus empelados el Formulario 1357 (Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia). La impresión del mismo se puede realizar en cualquier momento desde la página oficial del organismo (www.afip.gob.ar).

AFIP publicó el modelo del Formulario 1357 que los contribuyentes tendrán que entregar a sus trabajadores en relación de dependencia.

Los contribuyentes podrán consultar, descargar e imprimir el Formulario 1357 con la liquidación anual, final o informativa que haya sido confeccionada por el empleador desde el servicio «Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) TRABAJADOR» del portal del organismo recaudador, lo cual debe hacerse con la Clave Fiscal.

En caso de que ocurra un cambio de agente de retención dentro del mismo período fiscal, el sujeto tendrá que presentar al nuevo agente una impresión de la liquidación informativa dentro de los 10 días hábiles contados desde que tal hecho ocurra.

Si se inicia una nueva relación laboral y se cuenta con una liquidación final, el empelado tendrá que presentar la misma al nuevo agente de retención dentro de los 10 días hábiles posteriores al inicio del empleo.

Bajar modelo del Formulario 1357 en PDF / Descargar RG 4396/19 (Los archivos requieren Adobe Acrobat Reader).

4 comentarios en “AFIP: Formulario 1357 – Liquidación de Impuesto a las Ganancias”

  1. En todos los casos se debe emitir el F.1357. ? Porque hay períodos que el Empleador lo genera y otros que no. Hay alguna causa que así lo determine?

  2. el empleado como descarga el formulario?? porque al dia de la fecha todavía no se puede descargar desde el SIRADIG. La opción no aparece…o hay que habilitar un servicio nuevo?

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