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Topes aportes y contribuciones seguridad social, nuevo aplicativo

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, publico la resolución General Nº 2.508/08 el día 21 de octubre de 2008, mediante la cual se reglamenta el Decreto Nº  1.448/2008 y pone a disposición a través de su pagina Web www.afip.gov.ar, el nuevo aplicativo por el cual se deberán calcular las cargas sociales, en base a las modificaciones introducidas en el Decreto Nº 1.448/2008. Algunos aspectos de la normas: A los efectos del calculo de los aportes y contribuciones con destino al Régimen Nacional de Obras sociales, Seguro de Salud, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y al Sistema de Riesgos del Trabajo deberá estarse a lo establecido en el primer párrafo del articulo 9º de las Ley […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, publico la resolución General Nº 2.508/08 el día 21 de octubre de 2008, mediante la cual se reglamenta el Decreto Nº  1.448/2008 y pone a disposición a través de su pagina Web www.afip.gov.ar, el nuevo aplicativo por el cual se deberán calcular las cargas sociales, en base a las modificaciones introducidas en el Decreto Nº 1.448/2008.

Algunos aspectos de la normas:

  • A los efectos del calculo de los aportes y contribuciones con destino al Régimen Nacional de Obras sociales, Seguro de Salud, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y al Sistema de Riesgos del Trabajo deberá estarse a lo establecido en el primer párrafo del articulo 9º de las Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.

  • Lea determinación e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social (conforme la resolución General Nº 3.834, modificada por la N º 712) deberá efectuarse por medio del programa aplicativo SIJP Versión 30. El nuevo aplicativo deberá utilizarse para generar las Declaraciones Juradas Formulario 931 periodos devengados a partir del mes de noviembre del 2008 y siguientes, como así también para las presentaciones de los periodos anteriores (originales y rectificativas) que se presenten a partir del día 15 de noviembre de 2008 inclusive.

  • para las remuneraciones mensuales correspondientes a los periodos devengados de noviembre de 2008 y siguientes se aplicarán las siguientes bases imponibles máximas:

Topes Salariales Seguridad Social
Concepto Base imponible máxima a partir de los salarios devengados noviembre/08
Aportes Personales  
Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Ley Nº 24.241 y sus modificatorias

$  7.800.-

Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Ley Nº19.032 y sus modificatorias $  7.800.-
Régimen Nacional de Obras Sociales. Ley Nº 23.660 y sus modificatorias $  7.800.-
Régimen Nacional del Seguro de Salud. Ley Nº 23.661 y sus modificatorias $  7.800.-
Contribuciones Patronales  
Régimen Nacional de Obras Sociales. Ley Nº 23.660 y sus modificatorias Sin tope
Régimen Nacional del Seguro de Salud. Ley Nº 23.661 y sus modificatorias Sin tope
Leyes Nº 24.241, Ley Nº 19.032, Ley Nº 24.013 y Ley Nº 24.714 y todas sus modificatorias Sin tope
Cuota Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557 y sus modificatorias $  7.800.-

2 comentarios en “Topes aportes y contribuciones seguridad social, nuevo aplicativo”

  1. Graciela, buenas tardes,

    No sabía por donde preguntar, pero te quería consultar si una sociedad de hecho que es monotributista, puede estar exenta de presentar balances en la IGJ, por el solo hecho de ser monotributista?

    Desde ya muchas gracias,

    Hernán.

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