Publicamos una planilla Excel para que puedas efectuar una liquidación final por despido, sin causa justificada, es una planilla fácil para orientarte sin tener en cuenta los topes de los distintos convenios de trabajo, tendrías que cargar tus datos y modificar:
- Mejor remuneración bruto percibida en el ultimo año
- Cantidad de meses trabajados al momento del despido
- Para el Aguinaldo Proporcional los días trabajados al momento del despido
- Cantidad de días de vacaciones que te corresponden al 31/12 del año del despido
Esperamos que la misma e sea de gran utilidad y déjanos tus comentarios si te resulta fácil o si hiciera falta modificar algo.
Bajar planilla Excell para realizar liquidación final, indemnización por despido
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Buen día. Desde RRHH de la empresa en la cual trabajo me informaron que la fórmula que ellos utilizan para el cálculo de la bonificación por vacaciones (asi el llaman ellos) es la siguiente: «Sueldo+ Promedio de los conceptos variables 6 o 12 meses el mejor de ambos) x Días de vacaciones/25) – sueldo x días de vacaciones /30».
Quería saber si es correcta, teniendo en cuenta que yo cobro sueldo mensual y también percibo comisiones por ventas. Lo pregunto porque siempre nos enseñaron que se calculaban sueldo/25*cantidad de días de vacaciones.
Espero su respuesta. Gracias!
Buen día Graciela, si, pertenezco a empleados de comercio, voy a consultar con un abogado.
Gracias por la respuesta.
Felicidades
Buenas tardes, me despidieron sin causa el 13/12/10, tenía una antiguedad de 8 años y mi sueldo bruto era de $ 5300 (incluido los acuerdos no remunerativo), el tema es que la liquidación la realizaron sin tomar en cuenta lo no remunerativo ( sobre $ 3537). Se puede reclamar la diferencia y de que manera. Gracias por la respuesta.
Veronica
Si sos empleada de Comercio si podes lo dice el acuerdo firmado, otro convenio habria que ver como fue dado, se reclama con carta documento o consultando un abogado
Gracias por tu respuesta
hola estuve con licencia por enfermedad durante 6 meses,me reincorpore el lunes 13/12 hoy 15/12 me lecione de nuevo la misma mano como es pre existente no me corresponde la a.r.t. mi pregunta es al haber vuelto estos tres dias me corresponde seguir cobrando durante 6 meses mas ya que soy obrero de la construccion? por que la empresa me dice que solo me puede reservar el puesto por que yo en la licencia anterior cobre mi sueldo por seis meses. gracias
OSMAR
Es medio complicado anda a ver a un abogado