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Regularizar Motos no Registradas – Documentación – Aranceles

Informamos que se encuentra vigente un sistema que permite regularizar las motos que no están registradas, pudiendo efectuar la correspondiente inscripción en el registro seccional que le corresponda por su domicilio. Comprende a los Motovehículos de  hasta 150 cm3 de cilindrada que pueden ser de fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 31 de diciembre de 2007 ó Motovehículos superiores a los 150 cm3 de cilindrada que pueden ser de fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 22 de mayo de 1989.- Se podrán regularizar las inscripciones iniciales de las motos usadas que no fueron debidamente registradas: Motovehículos de  hasta 150 cm3 de cilindrada tanto las fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 31 de diciembre de 2007. Motovehículos superiores […]

Informamos que se encuentra vigente un sistema que permite regularizar las motos que no están registradas, pudiendo efectuar la correspondiente inscripción en el registro seccional que le corresponda por su domicilio. Comprende a los Motovehículos de  hasta 150 cm3 de cilindrada que pueden ser de fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 31 de diciembre de 2007 ó Motovehículos superiores a los 150 cm3 de cilindrada que pueden ser de fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 22 de mayo de 1989.-

Se podrán regularizar las inscripciones iniciales de las motos usadas que no fueron debidamente registradas:

  • Motovehículos de  hasta 150 cm3 de cilindrada tanto las fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 31 de diciembre de 2007.
  • Motovehículos superiores a los 150 cm3 de cilindrada tanto las fabricaciones nacionales o importadas hasta el día 22 de mayo de 1989.-

Dicho trámite se realiza en el Registro Seccional con competencia en Motovehículos que le corresponde según el domicilio que consta en el Documento Nacional de Identidad, DNI.

Documentación y Formularios que serán requeridos:

  • Persona titular de la moto con su correspondiente documentación personal:
  1. Argentinos nativos o naturalizados: Documento Nacional de Identidad, DNI, Libreta de Enrolamiento, LE o Libreta Cívica, LC, en ningún caso se admitirá la Cédula de Identidad.
  2. Extranjeros sin residencia permanente en el país: Pasaporte.
  3. Extranjeros con residencia permanente en el país: Documento Nacional de Identidad, DNI o Cédula de Identidad, CI Argentina.
  4. Extranjeros de países limítrofes: Documento Nacional de Identidad DNI, Cédula de Identidad, CI Argentina, Cédula de Identidad, CI del país de origen o pasaporte.
  • Formularios Requeridos para ser presentado:
  1. Solicitud Tipo “01”:- La entrega el concesionario al momento de la venta
  2. Solicitud Tipo “05”.- Se adquiere en el Registro Seccional
  • Documentación que acredita el origen del motovehículo
  1. Solicitud Tipo “01”, certificado de Importación o Fabricación y factura de compra de la unidad. En el supuesto caso que no posea la documentación en su totalidad deberá adjuntar:
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación de automotores emitido a nombre del solicitante o certificación de esa circunstancia o de la baja expedida por la autoridad de esa jurisdicción. Si esa documentación no estuviera a nombre del solicitante, se deberá acompañar el o los recibos o boleto de compraventa que acrediten las sucesivas ventas.
  • Factura o recibo de compra original del fabricante, importador, concesionario o comerciante del ramo, siempre que se trate de motovehículos fabricados o ingresados al país hasta el año 1987 cualquiera fuere su cilindrada, o de motovehículos de hasta 200 cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país antes del 22 de mayo de 1989, o de motovehículos de hasta 150 cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país hasta el año 2007 inclusive. Si la factura no estuviera a nombre del solicitante deberá acompañarse el o los recibos o boleto de compraventa que acrediten las sucesivas ventas.
  • Certificado de fabricación o de nacionalización, según se tratare de un motovehículo nacional o importado.

Si no llegase a poseer ninguno de los elementos anteriormente mencionados deberá realizar una Declaración Jurada que este avalada por dos testigos, formalizada por escritura pública o ante el Registro Seccional interviniente, en la que se precise el origen del motovehículo y se indicará expresamente de quién y en qué fecha fue adquirido y los motivos por los cuales no se presenta la documentación de origen o de adquisición del motovehículo, acompañando la que tuviere en su poder.

Deberá acompañar al trámite a realizar:

  • Verificación física especial del motovehículo practicada por la planta habilitada, en la que se dejará expresamente constancia, de ser ello posible, sobre el año de fabricación del mismo y su cilindrada.
  • Fotografía a color, donde se puedan ver claramente las características físicas
    del motovehículo verificado que permitan determinar su cilindrada. Tener presente que dicha fotografía deberá encontrarse visada por la planta interviniente, quien deberá asimismo consignar en el dorso de la fotografía el número de control de la Solicitud Tipo presentada.
  • Declaración jurada del peticionario donde la firma deberá estar certificada mediante la cual asuma la responsabilidad civil y penal respecto de la autenticidad de la documentación acompañada.

Aranceles

Los motovehículos de hasta 150 cm3 de cilindrada fabricados o importados hasta el 31 de diciembre de 2007 gozan de beneficios arancelarios.

4 comentarios en “Regularizar Motos no Registradas – Documentación – Aranceles”

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