Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. HOLA . Quiero Saber que debo hacer en caso de que mi empleador me diga que yo renuncie ?
    Yo antes trabajaba de lunes a viernes . Luego de que me quejará . por que no me querían pagar 15 días que yo no fui a trabajar porque ellos contrajeron covid’19..
    al fin y al cabo me tuvieron que pagar .pero me bajaron los días de trabajo . y ahora solo trabajo los viernes . . y ahora me dijo que si yo quería renunciar y me daban 30.000. primero no voy a renunciar le dije . que me eche él si no quiere que baya. segundo ahora no solo que me hace limpiar lo que es afuera de la casa . patio ,cochera y vidrios solo por fuera . sino que me cierra las puerta para que yo no ingrese ala casa . ni siquiera por un vaso de agua . ni dejar mis pertenencia en el lavadero como lo hacia habitualmente . Necesito una respuesta

    1. No decis cuanto era tu sueldo, de todas maneras si te acorto el horario laboral, debe indemnizarte por esos días y horas de menos Corresponden si te despide un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a 3 meses, vacaciones y aguinaldo proporcional Y no renuncies, sino quiere que trabajes que te despida o llegan a un acuerdo en le Ministerio de Trabajo

  2. Contrate una empleada domestica para cubrir a otra empleada que se tomo licencia x maternidad por lo que al pedir el alta lo hice con fecha de baja (14/03/21). Ahora quiero que la reemplazante siga trabajando, debo hacer otra alta con fecha 15/03/21?. Muchas gracias!!!

  3. La empleada domestica al renunciar debe enviar un telegrama de renuncia al empleador?
    Solo debo pagar el mes trabajado y proporcional de aguinaldo y vacaciones?
    En la web de AFIP debo hacer algún paso de desvinculación?
    Gracias

    1. Esta bien eso tenes que pagarle, y haces la liquidación final en el recibo de la pagina de AFIP Ingresas a datos del trabajador y le das la baja

  4. hola renuncie el 3 de febreo, hace 5 años que estaba en ese trabajo solo los dias miércoles? Me corresponde cobrar algo? Trabajaba solo un dia a la semana. Saludos

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *