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Vencimientos para los Monotributistas en Septiembre 2010

Recordamos a los Monotributistas que la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, dispuso que los pequeños contribuyentes además, de el día 20 de septiembre deben revisar los datos para ver si se tienen que recategorizar en otra categoría diferentes a la que  se encuentran actualmente, aquellos que su facturación suma más de $6.000.- tienen tiempo hasta el día 30 de septiembre del corriente año, para presentar vía transferencia electrónica una Declaración Jurada Informativa. El día 20 de septiembre es el vencimiento para que los Monotributistas realicen la ya acostumbrada recategorización cuatrimestral, con le agregado que este mes la AFIP dispuso una nueva normativa y el día 30 de septiembre vence la información que deberán transferir aquellos contribuyentes que están […]

Recordamos a los Monotributistas que la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, dispuso que los pequeños contribuyentes además, de el día 20 de septiembre deben revisar los datos para ver si se tienen que recategorizar en otra categoría diferentes a la que  se encuentran actualmente, aquellos que su facturación suma más de $6.000.- tienen tiempo hasta el día 30 de septiembre del corriente año, para presentar vía transferencia electrónica una Declaración Jurada Informativa.

El día 20 de septiembre es el vencimiento para que los Monotributistas realicen la ya acostumbrada recategorización cuatrimestral, con le agregado que este mes la AFIP dispuso una nueva normativa y el día 30 de septiembre vence la información que deberán transferir aquellos contribuyentes que están en le Régimen Simplificado y facturan más de $6.000.-

El esquema que deberán tener en cuenta los Monotributistas para realizar su acostumbrada recategorización cuatrimestral es el siguiente:

Nuevos montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 308.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 390.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 580.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 730.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 880.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.780.-
Nuevos montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 298.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 374.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 490.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 585.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 685.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.420.-
J 235.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.180.-
K 270.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.530.-
L 300.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.880.-

Tener en cuenta que aquellos que se encuentren categorizados a partir de la categoría J deberán cumplir:

Categoría Facturación Cantidad Mínima de Empleados en Relación de Dependencia
J 235.000.- 1
K 270.000.- 2
L 300.000.- 3

Los Monotributistas que facturen más de $6.000.- por mes entre otras cosas, hasta el día 30 de septiembre tienen tiempo para informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto del corriente año. pasado.

  1. Total de ventas del cuatrimestre, indicando las facturas emitidas durante ese lapso.
  2. Total de las compras realizadas, identificando a cinco de sus  principales proveedores y a cinco clientes más importantes.
  3. Declarar si del local explotado son propietarios o inquilinos.
  4. La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
  5. Kw energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.

En el caso de que el Monotributista sea:

  • Profesional debe informar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.
  • Transportista, el responsable deberá declarar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.

La obligación persiste aún en los casos en que los pequeños contribuyentes reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales deberán seguir informando, durante dos años más, los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante tal período.

4 comentarios en “Vencimientos para los Monotributistas en Septiembre 2010”

  1. Puedo decir algo? estos de la AFIP están de la gorra, como contador cuanto tengo que para hacer este trabajo? piden doscientos datos!!! no se prorroga esto? deberian dejarlo sin efecto, saludos…

  2. Hola! Graciela, te consulto:
    Cuando un Monotributista emite facturas (tipo C, en talonario manual) a Consumidor Final, es obligatorio completar los campos “Nombre”, “Domicilio” y “localidad” ó pueden dejarse en blanco ??
    Muchas Gracias !!

  3. hola yo soy monotributista y empece a facturar en el mes de abril del 2010 queria saber como es la formula para ver por el monto que voy facturando a que categoria pertenesco y como algo para recategorizarme

    muchas gracias erika k

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