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¿Cómo me recategorizo en el Monotributo?

Los Monotributistas tienen la obligación de recategorizarce tres veces en el año, lo deberán realizar hasta el día 20 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, según los parámetros de los ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida, alquileres devengados durante el último año calendario, estipulado por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, siempre y cuando los mencionados parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada. La Recategorización de los Monotributistas se realiza de manera cuatrimestral, tres veces en el año hasta los días 20 de los meses enero, mayo y septiembre de cada año. Los pequeños contribuyentes deberán  tres veces al año verificar si deben o no recategorizarce teniendo en […]

Los Monotributistas tienen la obligación de recategorizarce tres veces en el año, lo deberán realizar hasta el día 20 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, según los parámetros de los ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida, alquileres devengados durante el último año calendario, estipulado por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, siempre y cuando los mencionados parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada.

La Recategorización de los Monotributistas se realiza de manera cuatrimestral, tres veces en el año hasta los días 20 de los meses enero, mayo y septiembre de cada año.

Los pequeños contribuyentes deberán  tres veces al año verificar si deben o no recategorizarce teniendo en cuenta que deberán tomar los siguientes meses para cada categorización:

  • Enero: Desde enero hasta diciembre del año anterior.
  • Mayo: Desde mayo del año anterior hasta abril del año en curso
  • Septiembre: Desde setiembre del año anterior hasta agosto del año en curso.

¿Cómo me recategorizo en el Monotributo?

Ingresar a la

  1. página de la AFIP.gov.ar
  2. Número de CUIT y “Clave Fiscal”
  3. Sistema Registral (lupa) Consultas “Datos del Contribuyente”

Allí podrá ver el padrón que la AFIP posee de sus datos personales, verificar todo, mirar bien la actividad y categoría en la cual usted se encuentra inscripto, comparar los datos obtenido para el año desde septiembre de 2009 hasta agosto de 2010 con el siguiente esquema.

Si es Profesional o realiza Locaciones y/o servicios:

Montos y Parámetros MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Cuota mensual
Facturación Superficie Afectada Energía Eléctrica Alquiler
B 24.000.- 30 M2 3.300 Kw $ 9.000.- $ 219.-
C 36.000.- 45 M2 5.000 Kw $ 9.000.- $ 255.-
D 48.000.- 60 M2 6.700 Kw $ 18.000.- $ 308.-
E 72.000.- 85 M2 10.000 Kw $ 18.000.- $ 390.-
F 96.000.- 110 M2 13.000 Kw $ 27.000.- $ 580.-
G 120.000.- 150 M 2 16.500 Kw $ 27.000.- $ 730.-
H 144.000.- 200 M 2 20.000 Kw $ 36.000.- $ 880.-
I 200.000.- 200 M2 20.000 Kw $ 45.000.- $ 1.780.-

Si es Profesional o realiza Locaciones y/o servicios:

Montos y Parámetros MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Cuota mensual<
Facturación Alquiler Energía Eléctrica Superficie Afectada Cantidad Mínima de Empleados
B $ 24.000.- $ 9.000.- 3.300 Kw 30 M2 0 $ 219.-
C $ 36.000.- $ 9.000.- 5.000 Kw 45 M2 0 $ 255.-
D $ 48.000.- $ 18.000.- 6.700 Kw 60 M2 0 $ 298.-
E $ 72.000.- $ 18.000.- 10.000 Kw 85 M2 0 $ 374.-
F $ 96.000.- $ 27.000.- 13.000 Kw 110 M2 0 $ 490.-
G $ 120.000.- $ 27.000.- 16.500 Kw 150 M2 0 $ 585.-
H $ 144.000.- $ 36.000.- 20.000 Kw 200 M2 0 $ 685.-
I $ 200.000.- $ 45.000.- 20.000 Kw 200 M2 0 $ 1.420.-
J $ 235.000.- $ 45.000.- 20.000 Kw 200 M2 1 $ 2.180.-
K $ 270.000.- $ 45.000.- 20.000 Kw 200 M2 2 $ 2.530.-
L $ 300.000.- $ 45.000.- 20.000 Kw 200 M2 3 $ 2.880.-

Si el Monotributista no cuenta con los datos del año completo, entonces deberá realizar la suma de los ingresos de los meses transcurridos desde el momento que inicio su  actividad, hasta la finalización del cuatrimestre calendario por el que se recategoriza; ese importe total deberá dividirse por la cantidad de dichos meses y multiplicarse por 12

Ahora bien si resulta que cualquiera de los parámetros que usted posee no se encuentra encuadrado dentro del rango de la categoría en la cual usted figura inscripto en la AFIP, se debe recategorizar siguiendo estos pasos:

Ingresar a la

  1. Página de la AFIP.gov.ar
  2. Número de CUIT y “Clave Fiscal
  3. Sistema Registral (lupa)
  4. Registro Tributario “Monotributo
  5. Recategroización y seleccionar el CUIT
  6. Generar Declaración Jurada
  7. Cargar los datos ingresos brutos, superficie, Energía Alquileres Precio Unitario
  8. Tildar la Condición de acuerdo a tu Estado ante la Seguridad Social
  9. Enviar Formulario
  10. Confirmar si esta de acuerdo con la nueva categoría
  11. Imprimir Constancia y Credencial de pago.

2 comentarios en “¿Cómo me recategorizo en el Monotributo?”

  1. Hola, quería hacer una consulta: Me inscribí en el monotributo en septiembre de 2010, a partir de cuando me tendría que recategorizar?
    Espero su respuesta, desde ya muchas gracias.

    Fernando

    1. Fernando

      El día 20 de enero de ser necesario o sea si sacas el promedio anual con los datos del cuatrimestre y hay alguna modificación de lo contrario no hace falta

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