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Anses: ¿Cuándo cobro lo acumulado a la Asignación Universal por Hijo?

Información sobre el cobro de lo acumulado por Anses a la Asignación Universal por Hijo cada mes.

Hemos recibido una serie de consultas de lectores que desean obtener más información sobre el 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por tal motivo, EconoBlog quiere aclarar que el pago del 20% retenido por Anses cada mes se realiza una vez que el beneficiario cumple con la presentación anual de la Libreta o del Formulario PS 1.47, trámite que se puede llevar adelante desde la web www.anses.gob.ar.

La retención mensual a la Asignación Universal por Hijo se aplica con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos.

El monto retenido cada mes es liquidado anualmente cuando el beneficiario demuestra que ha cumplido con todos los requisitos del plan social. Los mismos son que el menor asista a clases, que se le apliquen las vacunas obligatorias y que cumpla con los controles médicos básicos.

La acreditación de los requisitos se realiza con la entrega del Formulario Libreta. Dicho trámite es indispensable para seguir cobrando la prestación.

En caso de incumplimiento de la entrega, el organismo previsional procede a la suspensión de la AUH. Para volver a cobrar es necesario realizar el trámite adeudado. Una vez hecho eso se reanudan los pagos del 80% y no se puede solicitar un retroactivo por el período no cobrado.

Además, el beneficiario pierde el dinero que se le fue acumulando mes a mes hasta dicho momento.

Gracias a los avances de la tecnología se puede hacer la presentación de la Libreta de la Asignación Universal por Hijo por Internet. De este modo sólo se necesita un teléfono celular con cámara y conexión.

Para efectuar la gestión es necesario visitar la dirección web https://libreta-auh.anses.gob.ar e identificarse en el sistema con el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social.

Una vez efectuada la presentación, Anses demora de 60 a 90 días en controlar el documento y en abonar lo retenido. Los fondos se depositan en la cuenta de la seguridad social en la se cobra la asignación para que el titular disponga de los mismos como más quiera, haciendo una extracción en efectivo desde los cajeros automáticos o haciendo compras con la tarjeta de débito.

La entrega del formulario se hace al año siguiente y antes del último día hábil del mes de diciembre.

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