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5 motivos de exclusión del 15% de devolución en compras

Cinco motivos de exclusión del 15% de devolución en compras a jubilados, pensionados, PNC y AUH.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), conforme a los datos provistos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realiza el 15% de reintegro en la compra de alimentos a jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE). En este artículo, EconoBlog detalla los motivos de la exclusión de la devolución en las compras.

El reintegro del 15% en las compras se aplica hasta fin de año. El dinero se acredita en la cuenta bancaria en la cual se cobran los haberes.

El beneficio se aplica a los pagos realizados por jubilados y pensionados de la mínima y titulares de la AUH, AUE y Pensión no Contributiva (Discapacidad, madres de 7 hijos y vejez) que utilicen su tarjeta de débito para comprar alimentos. El ticket de compra debe ser a consumidor final.

El beneficio se aplica al total de la compra, no sólo al Impuesto Al Valor Agregado (IVA) con un tope de 700 pesos mensuales por beneficio. En caso de cobrar la AUH y/o AUE por más de un hijo, el tope es de 1400 pesos.

Conforme a la normativa, quedan excluidos del reintegro aquellos que se incluyen en uno de los siguientes puntos:

  • Beneficiarios de más de una prestación previsional.
  • Sujetos obligados a tributar bienes personales siempre y cuando dicha obligación no surja por una vivienda única.
  • Sujetos que tributan ganancias o están inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
  • Empleados en relación de dependencia.
  • Trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General (Autónomos).

El reintegro se realiza en e mismo día o al siguiente hábil si el pago se hizo antes de las 17:00 horas. Si se ha hecho con posterioridad a dicho horario, la acreditación demora dos días hábiles.

Los fondos son depositados en la cuenta de la seguridad social en la cual se cobra el beneficio abonado por Anses.

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