Pasos a seguir por los martilleros para informar un remate o subasta a AFIP
Así como lo estipula la Resolución General 3.724, los martilleros deben informar los remates o subastas en las cuales participarán mediante la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar). Dicho trámite debe ser efectuado cuando estas operaciones se traten de inmuebles, vehículo (automotores o embarcaciones), obras de artes y bienes suntuarios cuyo precio de venta supere los diez mil pesos.
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