Descanso dominical de Empleados de Comercio
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que está prohibido trabajar entre las 13:00 horas del domingo y las 24:00 horas del domingo. Obviamente, debido a la actividad que desempeñan, esto no se aplica en gran parte de los trabajadores mercantiles. En referencia a este tema, se sancionó la Ley 13.441 en la Provincia de Santa Fe que prevé el descanso dominical para Empleados de Comercio, el cual ya se empezó a aplicar el fin de semana pasado.
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