Servicio Doméstico

Últimas noticias para empleados del servicio doméstico y empleadores con escala salariales vigentes.

Servicio Domestico:Pago Diferencia a la Obra Social

Los Trabajadores del Servicio Domestico que no cumplan con mas de 16 horas trabajadas por semana y quieran acceder a los beneficios de la obra social podrán ingresar abonando la diferencia del aporte a la misma, para poder gozar de la cobertura médica. Para poder realizar ese ingreso leer detenidamente el Articulo 4º del Articulo 21 de la Ley Nº 25.239

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Pasos para la Inscripción al Servicio Domestico – Aportes

Las actividades que se desarrollan en el hogar son consideradas Servicios Domésticos, las mismas están reglamentadas por el Decreto Ley Nº 326 del año 1956. Los empleadores del servicio domestico están obligados a registrar a sus trabajadores para que estos cuenten con una jubilación y una obra social, los pasos que se deben seguir para realizar la inscripción al Servicio Domestico son:

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Obra Social y Jubilación empleadas Servicio domestico

Las empleadas del servicio domestico, deben aportar para su jubilación y contar con una obra social, para poder atenderse en caso de enfermedades. Las trabajadoras cuenta con un asesoramiento en la Superintendencia de Servicio de Salud- Ministerio de Salud, ubicada en la Avenida Roque Sáenz Peña Nº 530 de la Capital Federal, teléfono Nº (011)4344-2800 o en su línea gratuita Nº 0800-222-72583. El objetivo principal es la eliminación del empleo no registrado, además de gozar de:

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Servicio doméstico – Capital Federal

Las actividades desarrolladas en el hogar del empleador son consideradas Servicios Domésticos , están reglamentadas por el Decreto Ley Nº 326/1956. La primera instancia entre empleador y empleado del Servicio doméstico que se desempeñen en el área de los domicilios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal del Servicio Doméstico que funciona para atención al público en la Calle 25 de Mayo 637 de  Capital Federal en el horarios de lunes a viernes entre las 9 y las 13 horas. No se podrá contratar para realizar trabajos domésticos menores de 14 años de edad. Beneficios:

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Prórroga de Vencimientos para el pago de Monotributo y Servicio Doméstico

Debido a que la Administración Federal de Ingresos  Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 y en cumplimiento de la actualización de los valores establecidos por la Resolución Nro. 1765 del Ministerio de Salud del 19/12/08 se modifican los aportes del Servicio Domésticos y al Régimen Simplificado del Monotributo dispuso una prórroga para el pago de dichos Regimenes hasta el día 16 de febrero. Prórroga Vencimiento día 16 de febrero de 2009 Régimen Período Monotributo Febrero 2009 Servicio Doméstico Enero 2009

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Aumento en los aportes del Seguro de Salud para el Servicio Doméstico

La Administración Federal de Ingresos  Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 modifico  a partir de los sueldos del mes de diciembre de 2008, el importe mensual de los aportes del Seguro de Salud  que deben  ingresar  los dadores de trabajo de los trabajadores del servicio doméstico, por cada uno de éstos, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores — activo o jubilado —, son los que siguientes: a) Por cada trabajador activo:

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Obligatoriedad de la inscripción en la AFIP del Servicio Domestico

Cuando el personal de Servicio Domestico se desempaña como mínimo seis (6) horas semanales desde le año 2005 es obligatoria la inclusión, inscripción en el sistema de la AFIP, Administración Federal de Ingresos Públicos, existen ventajas impositivas para quienes tienen en blanco a la trabajadora. El aporte mensual, hoy de $ 72, le permite el acceso a una obra social y el ahorro para una jubilación futura. Los beneficios del sistema tributario implican la posibilidad de deducir del monto de los ingresos de quien da empleo sujeto al impuesto a las ganancias los pagos por salarios y cargas sociales, hasta un máximo de $ 9000 por año.

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