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Convocatoria para nuevo aumento al salario mínimo 2023

Convocatoria para analizar nuevo aumento al Salario Mínimo, Vital y Móvil de 2023 y el Fondo de Desempleo pagado por la Anses.

El día de hoy se convocó al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La convocatoria del Ministerio de Trabajo es para el martes 21 de marzo de 2023 a las 16 horas. Durante el encuentro de analizará un nuevo aumento al piso salarial. También se ajustarán los topes del fondo de desempleo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

En el último encuentro del Consejo se acordó un 20% de aumento al salario mínimo, vital y móvil (SMVM). De esta forma se cerró una actualización anual del 110% para 2022.

El aumento se aplicó en cuatro cuotas (7% en diciembre, 6% en enero, 4% en febrero y 3% en marzo).

Desde el corriente mes, el piso salarial es de $69.500, $347,50 la hora. Los nuevos límites del fondo de desempleo son $19.305,16 (Mínimo) y $32.175,26 (Máximo).

Con la publicación de la Resolución 1/2023 en el Boletín Oficial se convocó a una nueva reunión. En el encuentro se analizará una actualización teniendo en cuenta el proceso inflacionario.

El SMVM es la remuneración mínima que tiene que cobrar un empleado en toda la República Argentina. Obviamente, el dependiente y el empleador pueden pautar un valor mayor.

Al aplicarse un aumento sirve como guía para las negaciones paritarias de los diferentes sectores. Se espera que tras la resolución se reúna la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares. De esta forma se acordará un nuevo aumento a los sueldos del servicio doméstico.

Impacto del aumento en Anses

Los aumentos al SMVM impactan en prestaciones liquidadas por la Anses. Por ejemplo se incrementa el tope de ingresos de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo. También se incrementará la cuota del Plan Potenciar Trabajo, la cual es equivalente al 50% del piso salarial.

Al mismo tiempo se incremental el Programa Acompañar. Su monto es igual al Salario Mínimo.

Cabe señalar que la ley vigente garantiza un 82% a los jubilados aportantes. Con lo cual, dependiendo del nuevo importe, se podría volver a liquidar un bono bajo dicho concepto.

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